Mostrando entradas con la etiqueta PRAC. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta PRAC. Mostrar todas las entradas

lunes, 2 de marzo de 2015

Expectorantes con ambroxol y bromhexina: actualización de la información de seguridad



EMA, 27 de febrero de 2015

Debe incluirse el riesgo de reacciones alérgicas y de la piel, en la información del producto

El CMDh aprobó por voto mayoritario las recomendaciones para actualizar la ficha técnica de los medicamentos que contiene ambroxol- y bromhexina- con información sobre el pequeño riesgo de reacciones alérgicas graves y reacciones adversas cutáneas graves (SCARs, por su sigla en inglés). Los medicamentos están ampliamente disponibles en la UE para su uso como expectorantes (para ayudar a limpiar la mucosidad de las vías respiratorias).

Las recomendaciones fueron hechas originalmente por el Comité de Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia EMA (PRAC), que confirmó la anteriormente conocida riesgo de reacciones alérgicas y también identificó un pequeño riesgo de SCARs, un grupo de enfermedades de la piel que incluyen eritema multiforme y síndrome de Stevens-Johnson.

Como resultado, se sabe que SCARs será listado como efecto secundario en la ficha técnica de estos medicamentos, y los pacientes deben interrumpir el tratamiento inmediatamente si se presentan síntomas de SCARs. Los informes de reacciones alérgicas graves y SCARs en pacientes que toman los medicamentos son raros, y las frecuencias de estos efectos secundarios son desconocidas.

Al hacer las recomendaciones, el PRAC evaluó los datos disponibles sobre el ambroxol y bromhexina, incluidos los informes de reacciones alérgicas graves o SCARs.

Como la posición del CMDh fue adoptada por mayoría de votos, la posición del CMDh ahora será enviado a la Comisión Europea, que tendrá una decisión para toda la UE jurídicamente vinculante.

Información a los pacientes

- Hay un pequeño riesgo de reacciones alérgicas y de la piel con ambroxol y bromhexina, que son utilizados como expectorantes para eliminar la mucosidad en las vías respiratorias.
- Si experimenta reacciones alérgicas o de la piel, como inflamaciones de la piel o sarpullido, interrumpa el tratamiento de inmediato y comuníquese con su médico.
- Si usted está tomando ambroxol o bromhexina y tiene alguna pregunta o preocupación hable con su médico o farmacéutico.

Información para profesionales de la salud

- Las reacciones anafilácticas graves y reacciones adversas cutáneas (SCARs), incluyendo eritema multiforme, síndrome de Stevens-Johnson / necrolisis epidérmica tóxica y pustulosis exantemática generalizada aguda, se han reportado en pacientes que reciben ambroxol.
- Como ambroxol es un metabolito de la bromhexina, el riesgo de reacciones cutáneas anafilácticas severas y se considera que también se aplique a la bromhexina.
- El riesgo de reacciones anafilácticas y SCARs con ambroxol o bromhexina es baja. Las frecuencias de estos efectos secundarios son desconocidos.
- Aconseje a sus pacientes que deben suspender el tratamiento inmediatamente si se presentan síntomas de erupción cutánea progresiva.

Ambroxol y medicamentos bromhexina están autorizados en: Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, los Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, Eslovaquia, Eslovenia, España y Suecia.

La nota original y completa
EMA. Ambroxol and bromhexine expectorants: safety information to be updated - Risk of allergy and skin reactions to be included in the product information.
Disponible en bit.ly/1NkXHQD

viernes, 13 de febrero de 2015

Hidroxizina (Atarax®): nuevas restricciones de uso para minimizar su riesgo arritmogénico


 (Recomendaciones del Comité para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia europeo-PRAC)
AEMPS, 13 de febrero de 2015


Tras la revisión de los datos disponibles sobre el riesgo de prolongación del intervalo QT del electrocardiograma y de torsade de pointes, asociado al uso de hidroxizina, se han introducido nuevas restricciones de uso con objeto de reducir este riesgo en los pacientes en tratamiento:
  • El uso de hidroxizina está contraindicado en pacientes con prolongación del intervalo QT congénito o adquirido o con factores de riesgo predisponentes para la prolongación del mismo.
  • No se recomienda utilizar hidroxizina en pacientes de edad avanzada.
  • Se deberá administrar la menor dosis de hidroxizina que resulte eficaz y durante el menor tiempo posible. Las dosis máximas diarias no deberán superar 100 mg/día en adultos y 2 mg/kg/día en niños de hasta 40 kg de peso.
La hidroxizina, es un antihistamínico de primera generación cuyas indicaciones autorizadas en España son el tratamiento sintomático de la ansiedad, el prurito y la urticaria, y como pre-medicación anestésica.
El riesgo de prolongación del intervalo QT del electrocardiograma (ECG) y de arritmia ventricular (torsade de pointes) asociados al uso de hidroxizina es conocido y aparece descrito en la ficha técnica y prospecto. Con el objeto de caracterizar mejor dicho riesgo y valorar, entre otros aspectos, la conveniencia de la puesta en marcha de medidas adicionales, el Comité para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia europeo (PRAC) ha evaluado los datos disponibles hasta la fecha.
Adicionalmente se ha recabado asesoramiento por parte del Comité Pediátrico y del Grupo de expertos en Geriatría de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA).
Las principales conclusiones han sido las siguientes:
  • Se confirma que hidroxizina aumenta el riesgo de prolongación del intervalo QT del ECG y la aparición de arritmias cardiacas (torsade de pointes). Este efecto parece estar mediado por el bloqueo que el fármaco ejerce sobre los canales del denominado “human ether-a go-go related gen (hERG)”.
  • El riesgo arritmogénico de la hidroxizina es mayor conforme mayor es la duración del tratamiento.
  • El bloqueo de los canales del hERG parece depender de la concentración de hidroxizina, por lo que es importante utilizar hidroxizina a la menor dosis eficaz para el paciente. Por este mismo motivo también se recomienda reducir la dosis máxima diaria del medicamento.
  • Los pacientes con factores que predisponen a la prolongación del intervalo QT, así como aquellos en tratamiento con medicamentos que pueden aumentar las concentraciones plasmáticas de hidroxizina presentan mayor riesgo de arritmias.
  • Los pacientes de edad avanzada son más susceptibles a los afectos adversos de hidroxizina y particularmente a los efectos anticolinérgicos.
Teniendo en cuenta las medidas propuestas por el PRAC, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios recomienda lo siguiente:
  • Se contraindica el uso de hidroxizina en pacientes con:
    • Prolongación del intervalo QT congénito o adquirido.
    • Factores de riesgo predisponentes para la prolongación del intervalo QT del ECG (por ej. Enfermedad cardiovascular preexistente, historia familiar de muerte súbita, alteraciones del balance electrolítico como hipomagnesemia e hipokaliemia, bradicardia significativa y uso concomitante de medicamentos con potencial reconocido para producir prolongación del intervalo QT del electrocardiograma o torsade de pointes).
  • No se recomienda utilizar hidroxizina en pacientes de edad avanzada dada la menor tasa de eliminación del fármaco y el mayor riesgo de sufrir reacciones adversas debidas fundamentalmente a los efectos anticolinérgicos. Si a pesar de ello se utilizase, la dosis máxima diaria no debe superar los 50 mg.
  • Deberá tenerse especial precaución cuando se administre hidroxizina junto a otros medicamentos con capacidad para producir hipokaliemia y/o bradicardia.
  • En todo caso se deberá administrar la menor dosis de hidroxizina que resulte eficaz y durante el menor tiempo posible. Las dosis máximas diarias deberán ser las siguientes:
    • En adultos:100 mg/día
    • En niños de hasta 40 kg de peso: 2 mg/kg/ día
  • Se deberá indicar a los pacientes que se pongan en contacto con su médico si durante el tratamiento con hidroxizina experimentan síntomas como síncope, taquicardia, palpitaciones o disnea.
La AEMPS emitirá una nueva nota informativa, en caso de que la decisión final difiera sustancialmente de las recomendaciones anteriormente expuestas.




Nota Original disponible en bit.ly/1vFHIlg


viernes, 10 de enero de 2014

Ranelato de estroncio (▼Osseor®, ▼Protelos®): la revisión europea concluye que el balance beneficio-riesgo es desfavorable



AEMPS, 10 de enero de 2014



Tras finalizar la revisión del balance beneficio-riesgo de ranelato de estroncio, el Comité para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia europeo (PRAC), ha recomendado suspender su autorización de comercialización.
Las conclusiones se basan en los datos referentes a su riesgo cardiovascular en el contexto de su limitada eficacia en la prevención de fracturas graves.
Esta recomendación deberá ser valorada en las próximas semanas por el Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP) de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA).
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios informa a los profesionales sanitarios sobre las recomendaciones del Comité para la Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia europeo (PRAC) tras la revisión del balance beneficio-riesgo de ranelato de estroncio, autorizado para el tratamiento de la osteoporosis severa en mujeres posmenopáusicas con alto riesgo de fracturas y de la osteoporosis severa en hombres adultos con riesgo elevado de fractura.
En abril de 2013, la evaluación periódica de los datos de seguridad constató un mayor riesgo de infarto de miocardio en pacientes tratados con ranelato de estroncio en ensayos clínicos en comparación con los tratados con placebo. Como consecuencia, se restringieron las condiciones de uso con objeto de minimizar el riesgo cardiovascular y se inició una revisión detallada del balance beneficio-riesgo, que es la que el PRAC acaba de finalizar. (ver Nota informativa de la AEMPS MUH (FV) 11/2013).
Además, la seguridad de este medicamento ya había sido previamente evaluada en relación con el riesgo de tromboembolismo venoso y de reacciones cutáneas graves (ver Nota informativa MUH (FV) 04/2012).
Riesgo cardiovascular y tromboembólico de ranelato de estroncio
En esta revisión se han analizado los datos de acontecimientos tromboembólicos y cardíacos procedentes de los ensayos clínicos (3.803 pacientes tratados con ranelato de estroncio y 3.769 con placebo, correspondientes a 11.270 y 11.250 pacientes-año respectivamente).
Estos datos muestran, en comparación con placebo, un incremento de 4 casos de acontecimientos cardiacos graves por cada 1.000 pacientes tratados durante un año (1.000 pacientes-año), de estos casos adicionales, 2 serían de infarto de miocardio. Se encontró un incremento similar para el tromboembolismo, con 4 casos adicionales por cada 1.000 pacientes-año en pacientes tratados con ranelato de estroncio en comparación con los pacientes que recibieron placebo.
Adicionalmente se ha llevado a cabo un análisis retrospectivo restringido al subgrupo de pacientes con menor riesgo cardiovascular, sin que los resultados ofrezcan garantías de que la limitación de la utilización del uso de ranelato de estroncio a estos pacientes tenga un impacto en los riesgos observados, debido, entre otros aspectos, a la incertidumbre asociada al menor tamaño de la muestra.
Además el PRAC ha considerado muy cuestionable el impacto de las restricciones de uso introducidas en abril de 2013 sobre la reducción del riesgo cardiovascular en la población que utiliza ranelato de estroncio. Esto es debido a que se trata de un uso prolongado y en pacientes de edad avanzada, cuyo riesgo cardiovascular puede aumentar a lo largo del tiempo, lo que dificulta el cumplimento de las restricciones en el contexto clínico y asistencial.
Beneficios de ranelato de estroncio sobre la prevención de fracturas osteoporóticas
Los referidos riesgos se han considerado en el contexto de un beneficio modesto del ranelato de estroncio en la prevención de fracturas, particularmente sobre las fracturas consideradas mas graves. La reducción de fracturas observada por 1.000 pacientes-año es de 0,4 fracturas de cadera; 5,1 fracturas no vertebrales (fundamentalmente de costillas/esternón, pelvis/sacro y húmero) y de 15,4 en nuevas fracturas vertebrales.
Además, los datos de eficacia una vez excluidos los pacientes con mayor riesgo cardiovascular (de acuerdo con las restricciones de uso establecidas en 2013) no son concluyentes, de modo que no es posible afirmar que se mantienen los referidos efectos en la prevención de fracturas con las restricciones actuales.
Conclusiones del PRAC sobre la revisión del balance beneficio-riesgo
Teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente, otros riesgos importantes que se pueden asociar al uso de ranelato de estroncio (reacciones adversas cutáneas graves, alteraciones de la conciencia, convulsiones, hepatitis y citopenias) y las dudas sobre la utilidad de las restricciones de uso actuales en la reducción de riesgos importantes a largo plazo, el PRAC ha concluido que actualmente el balance beneficio-riesgo de ranelato de estroncio es desfavorable, por lo que ha recomendado la suspensión de la autorización de comercialización.
Protelos® y Osseor® están autorizados mediante un procedimiento de registro centralizado europeo, por lo que esta recomendación deberá ser valorada por el Comité de Medicamentos de Uso Humano (CHMP) de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) y posteriormente hacerse efectiva mediante la correspondiente Decisión de la Comisión Europea.
En espera de que se produzca la decisión final europea sobre ranelato de estroncio, la Agencia Española de Medicamentos y Productos sanitarios recomienda a los profesionales sanitarios:
  • No iniciar nuevos tratamientos con Protelos®/Osseor®.
  • En cuanto a los tratamientos actualmente en curso, valorar que las condiciones de uso actualmente autorizadas se cumplen, particularmente la limitación de la indicación a osteoporosis severa con alto riesgo de fracturas, y no administrarlo a pacientes con antecedentes de cardiopatía isquémica, enfermedad arterial periférica o enfermedad cerebrovascular, o aquellos con hipertensión arterial no controlada.



Nota original en formato pdf

viernes, 30 de agosto de 2013

La EMA impone seguimiento adicional a 119 fármacos

 
Marta Riesgo,
 El Global.Net 
30 de agosto de 2013
 
Deben incluir desde el 1 de septiembre el símbolo del triángulo negro invertido
 Los nuevos principios activos y los biológicos permanecerán cinco años en la lista
 
Actualmente son 119 los fármacos que deben identificarse con el triángulo negro invertido y que, por tanto, están sujetos a seguimiento adicional. Así se desprende de la primera lista publicada por la Agencia Europea del Medicamento (EMA), donde se pueden apreciar los criterios establecidos a cada producto. Más de la mitad de los productos incluidos en la lista, que será actualizada mensualmente, lo hacen bajo el criterio de nuevos principios activos autorizados a partir del 1 de enero de 2011. Además, del total, 19 son los denominados PASS, medicamentos pendientes de un estudio de seguridad post-autorización y 16 aprobados en circunstancias excepcionales (cuando hay razones por las que el laboratorio no puede facilitar datos exhaustivos). También se incluyen medicamentos con autorización condicional y los medicamentos biológicos con escasa experiencia post-comercialización.



 
El concepto de seguimiento adicional fue introducido como parte del procedimiento iniciado por la Unión Europea en virtud de la nueva legislación de farmacovigilancia, que entró en vigor en 2012. Su objetivo es definir aquellos medicamentos que tras su autorización, deben ser sometidos a un seguimiento especialmente riguroso por parte de las autoridades sanitarias, debido a la escasa información disponible sobre su seguridad. Para su identificación estos medicamentos deben incluir en su prospecto y ficha técnica, desde el 1 de septiembre, el símbolo de un triángulo negro invertido, con el propósito de fomentar entre los profesionales sanitarios y los propios ciudadanos la notificación de cualquier sospecha de reacciones adversas.
Los medicamentos que contienen las sustancias activas nuevas o los que contienen nuevos productos biológicos, permanecerán en la lista durante cinco años. Los medicamentos autorizados por circunstancias excepcionales o con autorización condicional, así como aquellos con un PASS pendiente, permanecen en la lista hasta que se hayan cumplido las condiciones por las que entraron.
Además, pueden ser incluidos en la lista otros medicamentos distintos, a petición de la Comisión Europea, de una autoridad reguladora de un Estado miembro, o a instancias del Comité de Evaluación de Riesgos de Farmacovigilancia (PRAC).
 
original

lunes, 17 de junio de 2013

EMA: Recomendación de limitar el uso de medicamentos con flupirtina


EMA. 14 /6/2013


El Comité de Evaluación del Riesgo en Farmacovigilancia de la Agencia Europea de Medicamentos (PRAC) ha concluido su revisión de los medicamentos que contienen flupirtina y recomendó restricciones en su uso.

El Comité recomienda que los medicamentos que contienen flupirtina ya sea en formulaciones orales o supositorios, sólo deben ser utilizados para tratar el dolor agudo (a corto plazo) en adultos que no puedan utilizar otros analgésicos (como AINES y opioides débiles) y que el tratamiento no debe sobrepasar dos semanas.

Además, debe vigilarse la función hepática los pacientes cada semana de tratamiento y si se detectan signos de trastornos hepáticos, debe interrumpirse su uso. El PRAC también recomendó que la flupirtina no sea utilizada en pacientes con enfermedad hepática preexistente o que abusen del alcohol, así como también en aquellos que estén tomando medicamentos que pueden producir problemas hepáticos.

Las recomendaciones del Comité son consecuencia de las preocupaciones planteadas por la agencia reguladora de medicamentos alemana, el Instituto Federal de Medicamentos y Productos Sanitarios (BfArM), debido a notificaciones de problemas hepáticos en los pacientes que toman flupirtina.

Los problemas variaron desde casos de niveles de enzimas hepáticas en sangre elevados hastas casos de insuficiencia hepática, algunos de los cuales fueron fatales o terminaron con trasplante de hígado. El BfArM también estaba preocupado por la falta de datos sobre el uso del medicamento en el tratamiento del dolor crónico (a largo plazo).


El PRAC acordó que no existen datos suficientes sobre los beneficios de flupirtina cuando se utiliza durante más de cuatro semanas. Con respecto a la seguridad hepática, el PRAC tuvo en cuenta que la duración del tratamiento pareció ser relevante para la aparición de problemas hepáticos y que no se notificaron casos de insuficiencia hepática o trasplante de hígado en los pacientes que tomaron el medicamento durante 2 semanas o menos.

Teniendo en cuenta los datos sobre los beneficios en el dolor agudo, así como los datos sobre la aparición de problemas en el hígado, el PRAC concluyó que las restricciones propuestas y el monitoreo regular, son necesarias para asegurar que los beneficios del fármaco sean mayores que los riesgos.




Fuente: EMA Press release. PRAC recommends restricting the use of flupirtine-containing medicines. 14/06/2013. http://bit.ly/1cdJ8sN

miércoles, 1 de mayo de 2013

Tetrazepam EMA recomienda suspender los medicamentos que lo contienen



EMA, 29 de Abril de 2013


Tras la reciente recomendación del Comité de Evaluación de Riesgos en Farmacovigilancia (PRAC), el Grupo de Coordinación para el Reconocimiento Mutuo y los Procedimientos Descentralizados - Humano (del CMDh) ha aprobado por mayoría la recomendación del PRAC, de suspender las autorizaciones de comercialización de los  medicamentos que contienen tetrazepam, en la Unión Europea (UE). El del CMDh, un organismo que representa a los Estados miembros de la UE, es responsable de garantizar las normas de seguridad armonizadas para los medicamentos autorizados, a través de procedimientos nacionales de autorización de comercialización en la UE.

Tetrazepam,  perteneciente a la clase de las benzodiazepinas, se utiliza en varios Estados miembros de la UE para el tratamiento de las contracturas dolorosas (por ejemplo, en el dolor de espalda y dolor de cuello) y espasticidad (rigidez excesiva de los músculos).
La posición del CMDh se enviará ahora a la Comisión Europea, que adoptará una decisión jurídicamente vinculante en toda la UE.

La revisión de tetrazepam fue desencadenada por la Agencia Nacional Francesa para la Seguridad de Medicina y Productos de Salud (ANSM), a raíz de notificaciones de reacciones cutáneas graves asociadas al uso de este fármaco en Francia. Después de haber evaluado todos los datos disponibles sobre el riesgo de reacciones cutáneas, incluidos los datos posteriores a la comercialización en la UE y de la literatura publicada, el PRAC concluyó que tetrazepam se asocia con un riesgo bajo, pero aumentado,  de reacciones cutáneas graves (incluyendo el síndrome de Stevens-Johnson, necrólisis epidérmica tóxica y síndrome DRESS) en comparación con otras benzodiazepinas. El Comité también tomó nota de que, a la luz de los riesgos identificados, los datos disponibles sobre la eficacia de tetrazepam no eran lo suficientemente robustos como para apoyar su uso en las indicaciones autorizadas.

El del CMDh acordó con la conclusión PRAC que los beneficios de estos medicamentos no son mayores que sus riesgos, y adoptó una posición definitiva que las autorizaciones de comercialización deberían suspenderse en toda la UE.
La suspensión de las autorizaciones de comercialización puede ser levantada si las empresas que comercializan estos medicamentos proporcionan datos que identifiquen un determinado grupo de pacientes en quienes los beneficios de los medicamentos que contienen tetrazepam superen los riesgos.

Fuente:
EMA. Recommendation to suspend tetrazepam-containing medicines endorsed by CMDh. 29/04/2013. http://bit.ly/12fXvcn