Mostrando entradas con la etiqueta Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Mostrar todas las entradas

viernes, 7 de octubre de 2016

Industria farmacéutica vs salud pública







Las empresas transnacionales del sector farmacéutico son objeto de frecuentes críticas por los abusos de su poder de mercado e incluso corrupción.  Y es que los medicamentos no son una industria como las demás, sino que sus “leyes de mercado” tienen modalidades particulares.  Primero, por el hecho que tienen un mercado cautivo (personas que padecen enfermedades o preocupadas por su salud), que es una clientela vulnerable, cuyas decisiones de compra dependen no tanto de sus gustos, ni en muchos casos de su real poder de compra, sino de quienes les recetan los medicamentos (generalmente los médicos) o de la urgencia de curar o aliviar alguna dolencia a cualquier costo.  Se trata también de un área donde la calidad del producto puede ser de vida o muerte.  Esto último, y la protección de patentes, son factores que disminuyen la competencia.

Este cuadro le da a la industria farmacéutica un poder desmedido para fijar los precios de comercialización, no tanto en proporción al costo real de producción, cuanto que en función de lo que el precio de mercado puede alcanzar.  Los fenomenales ingresos de estas empresas transnacionales atestiguan de esta realidad; las tres mayores empresas mundiales: Novartis, Roche y Pfizer, suman en total un ingreso anual de 129 mil millones de dólares; el PIB de muchos países no se acerca ni de lejos a esta cifra.

Como ejemplo flagrante del sobre-precio basta recordar el caso de Sofosbuvir, desarrollado para tratar la hepatitis C (una enfermedad que antes no tenía cura), que afecta a más de 170 millones de personas en el mundo y puede causar la muerte.  Hace 5 años, Gilead Sciences de EEUU compró la empresa Pharmasset por 11.000 millones de dólares, junto con la patente del Sofosbuvir, medicamento cuyo precio de venta multiplicó por 100.  Un tratamiento diario durante 12 semanas llegó a costar hasta US$84 mil dólares[1].  Con la venta de este producto, en un año la empresa recuperó toda su inversión.  Si bien ha bajado en algo el precio, el medicamento sigue siendo inaccesible a muchos enfermos de hepatitis C.

Cabe decir que, si los sectores empobrecidos no pueden pagar los precios elevados, tampoco es de preocupación para la industria: los pobres son vistos como un mercado para vender los medicamentos más comunes y baratos.  Ello sin hablar de las “enfermedades olvidadas”, aquellas que afectan principalmente a sectores pobres del Sur y para las cuales las farmacéuticas no se empeñan en investigar medicamentos para contrarrestarlos, porque no se lo ve como una opción rentable; es el caso, por ejemplo, de la enfermedad de Chagas, de la cual se estima que apenas el 1% de personas afectadas tienen acceso a la medicación.

Ante este panorama de indefensión de la población frente al poder de la industria farmacéutica, le corresponde al sector público una alta responsabilidad para aplicar las necesarias medidas y regulaciones de control y equilibrio del poder de mercado, para garantizar el derecho humano a la salud, particularmente para los sectores más empobrecidos.  Un signo alentador en este sentido fue la resolución, este año, en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, que reafirma que el acceso universal a medicinas asequibles, seguras, eficaces y de calidad es una condición para gozar del derecho a la salud.

El acuerdo reitera el llamado a los Estados a que continúen colaborando para desvincular el costo de la nueva investigación y desarrollo, de los precios de los medicamentos, vacunas y diagnósticos, en el caso de enfermedades que afectan principalmente a los países en desarrollo y las enfermedades tropicales olvidadas.  En otro acuerdo, se reconoce la necesidad de fortalecer las capacidades de los Estados en materia de salud pública, mediante, entre otras medidas, la aplicación efectiva de las flexibilidades reconocidas para países en desarrollo bajo el acuerdo de la OMC sobre TRIPS (aspectos relacionados con el comercio de los derechos de propiedad intelectual), para reducir el costo de las medicinas, por ejemplo, con el establecimiento de licencias obligatorias para producir medicamentos genéricos.

En la práctica, sin embargo, los países muchas veces son presionados a renunciar a estos derechos, particularmente si han firmado acuerdos comerciales.  Tales acuerdos suelen incluir provisiones “TRIPS plus”, como una prolongación del plazo de las patentes y el sistema de disputas inversionistas-Estados que amenaza el uso de licencias obligatorias y otras flexibilidades de TRIPS.  El Acuerdo Transpacífico (TPP), en caso de ser ratificado, alargaría, por ejemplo, los patentes para las nuevas drogas biológicas (resultantes de la biotecnología), que de por sí suelen ser mucho más caras, y prevé además que, a corto plazo, los países en desarrollo signatarios deben adoptar las mismas reglas de patentes que se aplican en los países desarrollados.

Respuestas regionales

En América Latina se está buscando diversas respuestas a estos retos.  Por ejemplo, en 2010, el Ministerio de Salud de Perú lanzó un Observatorio de Productos Farmacéuticos (http://observatorio.digemid.minsa.gob.pe/), donde los consumidores pueden ubicar dónde comprar las medicinas más convenientes para sus tratamientos y a menores precios.  La medida ha contribuido a rebajar los precios.

Una de las medidas más efectivas es la compra pública agregada, que significa que el Estado negocia en masa la compra de los medicamentos que más necesitan los servicios públicos de salud, lo que le permite un mayor poder de negociación con las empresas productoras.  Por ejemplo, este año el gobierno ecuatoriano compró 326 medicamentos, de los más usados para el tratamiento de las principales causas de muerte, mediante una subasta inversa (o sea, donde son los vendedores que pujan, y gana la oferta de menor precio), lo que le permitió un ahorro de unos 320 millones de dólares, (y eso, comparado con el precio más bajo de venta en la región de cada medicamento; entonces representa un ahorro mucho mayor en relación a lo que antes pagaba).  Todo el proceso es de acceso público: https://subastademedicamentos.compraspublicas.gob.ec/[2]

Antes de lanzar la subasta, Ecuador realizó un estudio de los precios de todos los medicamentos más esenciales en la región, y encontró que una misma empresa farmacéutica vende el mismo medicamento en diferentes países con variaciones de precios de hasta 300% o incluso 600%, en algunos casos.  El estudio le permitió fijar el precio referencial de la subasta, ya que normalmente las farmacéuticas no sueltan este tipo de información.

Sin duda esta ventaja aumentaría si varios países compran en conjunto, lo que se hace posible en el marco de los acuerdos de integración regional.  Los países de Centroamérica ya cuentan con un mecanismo común para la compra de unas 64 medicinas básicas; y ahora los países de Suramérica (o varios de ellos) están considerando la posibilidad de hacer lo propio, para lo cual Ecuador ha puesto a disposición de Unasur su base de datos de precios en la región.

Por su parte, el Instituto Suramericano de Gobierno en Salud (ISAGS), entidad de Unasur, está impulsando una serie de medidas para estos propósitos.  Además de impulsar una compra pública agregada entre los países interesados y de ampliar la base de datos de precios (la cual se hará público), se está elaborando un mapeo de las capacidades productivas de medicamentos en la región, en particular en el sector público, con la idea de que un país productor podría abastecer a toda Suramérica con un medicamento específico, a menor costo.  Hay iniciativas también que apuntan a desarrollar nuevos medicamentos para las enfermedades particulares de la región, en particular las “olvidadas”.

Otras respuestas que se están trabajando regionalmente incluyen: desarrollar vademécums fármaco-terapéuticos en el sistema de salud pública (históricamente han sido elaborados por las empresas) con información más completa y objetiva para orientar a los médicos; adoptar legislaciones adecuadas para fijar techos a los precios de medicamentos, evitando el mal uso de las patentes; homologar los sistemas de registro sanitario y de control de calidad, que no tienen por qué ser distintos en cada país.  En el caso de medicamentos “biosimilares” (un equivalente de genéricos, para los medicamentos biológicos), por ser más complejos, hay la exigencia adicional de asegurar que tengan la misma calidad, lo que requiere invertir en investigación previa, que se podría hacer conjuntamente.

Amenazas

No obstante, se sigue enfrentando diversos problemas.  Uno de ellos es la “judicialización de la salud” como le explicó a ALAI, en una entrevista, la nueva directora ejecutiva de ISAGS, Carina Vance.  Los ministros de salud de la región han identificado que es una de las principales amenazas a los sistemas de salud, tanto para el uso racional de medicamentos, como para la sostenibilidad de los sistemas, afirmó.  Por ejemplo, hay juicios planteados por grupos de enfermos que han obligado al Estado a cubrir el costo de medicamentos patentados, que no están en el cuadro nacional de medicamentos, ni necesariamente son mejores, siendo además que el sistema judicial no está capacitado técnicamente para juzgarlo.  Colombia, en 2003, tuvo que gastar más de mil millones de dólares por casos judicializados.  En varias oportunidades se ha descubierto que los bufets de abogados u ONGs que auspician a estos grupos de pacientes reciben financiamiento de las empresas farmacéuticas transnacionales, lo que constituye un claro conflicto de interés.

A la par de estas prácticas, los niveles de corrupción van penetrando a diversos estamentos de la sociedad.  Es el caso de los premios e incentivos económicos que las farmacéuticas entregan a ciertos médicos para que receten sus medicamentos de marca, o a las farmacias que más venden sus productos.

También hay cortes nacionales que han bloqueado, por ejemplo, el uso de medicamentos “biosimilares”, por demanda de las empresas.  O hay empresas farmacéuticas que deciden unilateralmente retirar un medicamento y remplazarlo por otro más caro, como lo denunció recientemente en Ecuador una fundación que trabaja con personas hemofílicas.

En suma, la concentración del poder de mercado de las transnacionales farmacéuticas representa una amenaza directa al derecho a la salud.  La única manera de enfrentar efectivamente este poder es con políticas públicas, que tendrán mayor fuerza si son concertadas regional e internacionalmente.  Todos los gobiernos, con independencia de su color político, son afectados.  En tal sentido es preocupante la tendencia en algunos países hacia la reprivatización de los servicios públicos, que reduciría este margen de maniobra; y más aún, dado el carácter del sector farmacéutico, podría prestarse para afianzar el cuadro de corrupción.  Asimismo, sería inadmisible que se siga entregando mayores prerrogativas a estas empresas a nombre del libre comercio o de atraer la inversión extranjera.

Artículo publicado en la edición 517 (septiembre 2016) de la revista América Latina en Movimiento de ALAI, titulada “El poder transnacional y los nuevos TLCs”.  http://www.alainet.org/es/revistas/517


 
[1] Martin Khor, Access to medicines and the right to health and life, www.alainet.org/es/node/168961
[2] Ver también: Sally Burch, El poder de las farmacéuticas y el derecho a los medicamentos, www.alainet.org/es/articulo/179977

viernes, 2 de septiembre de 2016

El poder de las farmaceúticas y el derecho a los medicamentos

Sally Burch, alainet.org, 2 de septiembre 2016




Por contradictorio que parezca, las grandes empresas farmacéuticas dan muy poca prioridad al derecho humano a la salud, a pesar de que les corresponde un rol estratégico en este marco. Su meta principal es la ganancia, y como trabajan en una industria cuyos clientes finales son de alta vulnerabilidad –las personas con enfermedades– les da un margen mucho mayor que en otras industrias para fijar precios exagerados. Corresponde, entonces, a los Estados establecer los parámetros de operación de estas empresas en aras del interés público y para garantizar el derecho a la salud.

No obstante, los pequeños países en desarrollo tienen poca capacidad de negociación frente a estas empresas, y si son parte de acuerdos comerciales, se encuentran muchas veces con las manos atadas por medidas como la extensión desproporcionada de los plazos de patentes o las garantías de ganancias que las empresas pueden invocar en tribunales de arbitraje cuando sienten sus intereses afectados por políticas públicas. Fue el caso del litigio que presentó la multinacional tabacalera Phillip Morris contra Uruguay, cuando ese país adoptó legislación para proteger la salud de los fumadores[1].


En este contexto, constituye un antecedente alentador que, en marzo último, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU adoptó dos resoluciones significativas para garantizar el derecho humano a la salud. La primera reafirma que el acceso de todas las personas a medicinas asequibles, seguras, eficaces y de calidad es una condición para gozar del derecho a la salud, considerando que ello podría salvar millones de vidas cada año; y la segunda reconoce la necesidad de fortalecer las capacidades de los Estados en materia de salud pública.

Estos acuerdos, adoptados además por consenso –lo que es poco usual en estos temas–, constituyen un respaldo político, particularmente para los países en desarrollo que buscan adoptar políticas para ampliar la protección de su población. En tal sentido, el Consejo de la ONU alienta a los países a utilizar las flexibilidades ya disponibles bajo el acuerdo de la OMC sobre TRIPS (aspectos relacionados con el comercio de los derechos de propiedad intelectual), para reducir el costo de las medicinas.


El South Centre, en un documento de propuestas presentado a un Panel de Alto Nivel sobre el Acceso a las Medicinas, de la ONU[2], recomienda que: “Una manera efectiva para abordar la incoherencia en políticas entre el derecho a la salud por sobre las reglas comerciales y los reglamentos de propiedad intelectual (PI), consiste, en primer lugar, en afirmar la primacía del derecho a la salud para todos, por encima de las reglas comerciales y de PI. Alcanzar la buena salud y el bienestar es un objetivo, además de ser un derecho humano, mientras que el comercio o la propiedad intelectual son medios. Por lo tanto, la salud debe primar sobre el comercio o la PI”.


La compra pública agregada



Uno de los mecanismos que algunos países ya están implementando para enfrentar el poder económico de las grandes empresas farmacéuticas es a través de la compra pública. Centroamérica, por ejemplo, ya cuenta con un mecanismo común a través de COMISCA[3], mediante el cual compra en conjunto unas 64 medicinas básicas, lo que le da una mayor capacidad de negociación frente a las empresas productoras. Este mecanismo se denomina “compra agregada”.


Ecuador acaba de hacer lo propio, con la compra inicial de 326 medicamentos por subasta inversa (o sea, donde son los vendedores que pujan y gana la oferta de menor precio), para aprovisionar todo el sistema público de salud del país durante los próximos dos años. Primero, el año pasado, se realizó un análisis regional de los precios de todos los medicamentos más esenciales, aquellos usados para el tratamiento de las principales causas de muerte en la región, que reveló que una misma casa comercial vende el mismo medicamento en diferentes países con variaciones de precios que pueden llegar al 300% o incluso 600%. Santiago Vázquez, Director General del Servicio Nacional de Contratación Pública de Ecuador –SERCOP–, comentó a ALAI que ello se da porque, cuando las empresas farmacéuticas ven la oportunidad de obtener mayor renta de corto plazo “lo han hecho sin ningún miramiento… lo que vimos en América del Sur y América Latina es una gran estrategia de control de poder del mercado”.

También la ONU y la Comisión Económica Europea han elaborado informes que indican que las farmacéuticas establecen precios exorbitantes, utilizando todo una red de mecanismos: pacientes, ONGs, medios de comunicación, médicos, para direccionar la compra hacia ciertas marcas; por ello la ONU recomienda establecer mecanismos como procesos agregados de compra, señaló Vázquez.

Cuando se les obliga a las empresas a competir en precios para vender en cantidad, igual les interesa. Más de 160 empresas participaron en la subasta ecuatoriana; entre ellas 27 latinoamericanas de las cuales 7 resultaron adjudicatarias. La compra significó un ahorro para el país de 320 millones de dólares. Lo novedoso de la subasta ecuatoriana es que se realizó de manera totalmente electrónica y automática, y en forma pública, lo que posibilita la veeduría social.[4] “Todos pueden ver los medicamentos que ha comprado el Estado, su registro sanitario, el precio adjudicado”, informó el funcionario.

No obstante, el director de SERCOP lamenta que ciertas empresas se han empeñado en tratar de desvirtuar el proceso, en particular criticando la inclusión de medicamentos genéricos, como si fueran de menor calidad. La calidad no depende de un patente, enfatizó. Más bien el proceso de compra ha previsto un mecanismo de control de calidad de los medicamentos, que, además del registro sanitario como requisito básico, incorpora una red de laboratorios que reciben muestras aleatorias de parte de los organismos de inspección, y cuyos resultados se publican en la Web.


En este sentido, destaca también como tema clave el rol de los medios de comunicación en las compras públicas. Sercop ha expedido un manual de buenas prácticas en contratación pública, con un capítulo específico para los medios, que llama a un pacto social. Vázquez resaltó que Ecuador fue gravemente afectado por un conflicto de intereses de un canal de televisión privado, que hizo campaña durante seis semanas contra la subasta, con desinformación y desequilibrio en la cobertura. “Cuando se hacen los análisis del caso, resulta que hay un claro conflicto de interés entre el canal, la periodista y el mundo farmacéutico, porque su familia tiene relación directa con la venta de medicamentos al Estado”. Cuando SERCOP solicitó un recurso ante la Superintendencia de Comunicación, fue tildado de atentado a la libertad de expresión, versión que tuvo eco en medios internacionales. Por ello Vázquez insiste en que los medios de comunicación clarifiquen si tienen o no conflictos de interés cuando se trata de cubrir noticias sobre las compras públicos.


Entre tanto, Ecuador ha entregado a Unasur y su Consejo de Salud (ISAGS) los resultados de su estudio de los precios de medicamentos en la región, con la esperanza de poder concretar una compra de medicamentos a nivel de América del Sur.

“Las empresas farmacéuticas, conocidos como los ‘big pharma’, se han repartido el mercado mundial, y han indicado en qué continentes van a aplicarse –comentó Santiago Vázquez–. Tanto las ‘big pharma’ como las empresas locales de medicamentos a nivel latinoamericano, ven a las medicinas como un negocio y no como un derecho. Frente a ello, la labor de los Estados es equilibrar las condiciones para que los medicamentos se conviertan en un derecho y no un negocio. Para eso, la compra pública juega un rol fundamental”, concluyó.

 Sally Burch, periodista, ALAI.


[1] Uruguay recientemente ganó el caso en el CIADI, lo que crea un antecedente muy importante, ya que estos tribunales suelen fallar lo más a menudo a favor de las empresas.
[2] Improving Access to Medicines: What needs to be done, South Bulletin 91, 18 June 2016, www.alainet.org/en/articulo/178356
[3] COMISCA: Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica y República Dominicana.
[4] Todo el proceso se puede visualizar en el sitio web de la compra: https://catalogo.compraspublicas.gob.ec/



http://www.alainet.org/es/articulo/179977

El poder de las farmaceúticas y el derecho a los medicamentos

Sally Burch, alainet.org, 2 de septiembre 2016




Por contradictorio que parezca, las grandes empresas farmacéuticas dan muy poca prioridad al derecho humano a la salud, a pesar de que les corresponde un rol estratégico en este marco. Su meta principal es la ganancia, y como trabajan en una industria cuyos clientes finales son de alta vulnerabilidad –las personas con enfermedades– les da un margen mucho mayor que en otras industrias para fijar precios exagerados. Corresponde, entonces, a los Estados establecer los parámetros de operación de estas empresas en aras del interés público y para garantizar el derecho a la salud.

No obstante, los pequeños países en desarrollo tienen poca capacidad de negociación frente a estas empresas, y si son parte de acuerdos comerciales, se encuentran muchas veces con las manos atadas por medidas como la extensión desproporcionada de los plazos de patentes o las garantías de ganancias que las empresas pueden invocar en tribunales de arbitraje cuando sienten sus intereses afectados por políticas públicas. Fue el caso del litigio que presentó la multinacional tabacalera Phillip Morris contra Uruguay, cuando ese país adoptó legislación para proteger la salud de los fumadores[1].


En este contexto, constituye un antecedente alentador que, en marzo último, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU adoptó dos resoluciones significativas para garantizar el derecho humano a la salud. La primera reafirma que el acceso de todas las personas a medicinas asequibles, seguras, eficaces y de calidad es una condición para gozar del derecho a la salud, considerando que ello podría salvar millones de vidas cada año; y la segunda reconoce la necesidad de fortalecer las capacidades de los Estados en materia de salud pública.

Estos acuerdos, adoptados además por consenso –lo que es poco usual en estos temas–, constituyen un respaldo político, particularmente para los países en desarrollo que buscan adoptar políticas para ampliar la protección de su población. En tal sentido, el Consejo de la ONU alienta a los países a utilizar las flexibilidades ya disponibles bajo el acuerdo de la OMC sobre TRIPS (aspectos relacionados con el comercio de los derechos de propiedad intelectual), para reducir el costo de las medicinas.


El South Centre, en un documento de propuestas presentado a un Panel de Alto Nivel sobre el Acceso a las Medicinas, de la ONU[2], recomienda que: “Una manera efectiva para abordar la incoherencia en políticas entre el derecho a la salud por sobre las reglas comerciales y los reglamentos de propiedad intelectual (PI), consiste, en primer lugar, en afirmar la primacía del derecho a la salud para todos, por encima de las reglas comerciales y de PI. Alcanzar la buena salud y el bienestar es un objetivo, además de ser un derecho humano, mientras que el comercio o la propiedad intelectual son medios. Por lo tanto, la salud debe primar sobre el comercio o la PI”.


La compra pública agregada



Uno de los mecanismos que algunos países ya están implementando para enfrentar el poder económico de las grandes empresas farmacéuticas es a través de la compra pública. Centroamérica, por ejemplo, ya cuenta con un mecanismo común a través de COMISCA[3], mediante el cual compra en conjunto unas 64 medicinas básicas, lo que le da una mayor capacidad de negociación frente a las empresas productoras. Este mecanismo se denomina “compra agregada”.


Ecuador acaba de hacer lo propio, con la compra inicial de 326 medicamentos por subasta inversa (o sea, donde son los vendedores que pujan y gana la oferta de menor precio), para aprovisionar todo el sistema público de salud del país durante los próximos dos años. Primero, el año pasado, se realizó un análisis regional de los precios de todos los medicamentos más esenciales, aquellos usados para el tratamiento de las principales causas de muerte en la región, que reveló que una misma casa comercial vende el mismo medicamento en diferentes países con variaciones de precios que pueden llegar al 300% o incluso 600%. Santiago Vázquez, Director General del Servicio Nacional de Contratación Pública de Ecuador –SERCOP–, comentó a ALAI que ello se da porque, cuando las empresas farmacéuticas ven la oportunidad de obtener mayor renta de corto plazo “lo han hecho sin ningún miramiento… lo que vimos en América del Sur y América Latina es una gran estrategia de control de poder del mercado”.

También la ONU y la Comisión Económica Europea han elaborado informes que indican que las farmacéuticas establecen precios exorbitantes, utilizando todo una red de mecanismos: pacientes, ONGs, medios de comunicación, médicos, para direccionar la compra hacia ciertas marcas; por ello la ONU recomienda establecer mecanismos como procesos agregados de compra, señaló Vázquez.

Cuando se les obliga a las empresas a competir en precios para vender en cantidad, igual les interesa. Más de 160 empresas participaron en la subasta ecuatoriana; entre ellas 27 latinoamericanas de las cuales 7 resultaron adjudicatarias. La compra significó un ahorro para el país de 320 millones de dólares. Lo novedoso de la subasta ecuatoriana es que se realizó de manera totalmente electrónica y automática, y en forma pública, lo que posibilita la veeduría social.[4] “Todos pueden ver los medicamentos que ha comprado el Estado, su registro sanitario, el precio adjudicado”, informó el funcionario.

No obstante, el director de SERCOP lamenta que ciertas empresas se han empeñado en tratar de desvirtuar el proceso, en particular criticando la inclusión de medicamentos genéricos, como si fueran de menor calidad. La calidad no depende de un patente, enfatizó. Más bien el proceso de compra ha previsto un mecanismo de control de calidad de los medicamentos, que, además del registro sanitario como requisito básico, incorpora una red de laboratorios que reciben muestras aleatorias de parte de los organismos de inspección, y cuyos resultados se publican en la Web.


En este sentido, destaca también como tema clave el rol de los medios de comunicación en las compras públicas. Sercop ha expedido un manual de buenas prácticas en contratación pública, con un capítulo específico para los medios, que llama a un pacto social. Vázquez resaltó que Ecuador fue gravemente afectado por un conflicto de intereses de un canal de televisión privado, que hizo campaña durante seis semanas contra la subasta, con desinformación y desequilibrio en la cobertura. “Cuando se hacen los análisis del caso, resulta que hay un claro conflicto de interés entre el canal, la periodista y el mundo farmacéutico, porque su familia tiene relación directa con la venta de medicamentos al Estado”. Cuando SERCOP solicitó un recurso ante la Superintendencia de Comunicación, fue tildado de atentado a la libertad de expresión, versión que tuvo eco en medios internacionales. Por ello Vázquez insiste en que los medios de comunicación clarifiquen si tienen o no conflictos de interés cuando se trata de cubrir noticias sobre las compras públicos.


Entre tanto, Ecuador ha entregado a Unasur y su Consejo de Salud (ISAGS) los resultados de su estudio de los precios de medicamentos en la región, con la esperanza de poder concretar una compra de medicamentos a nivel de América del Sur.

“Las empresas farmacéuticas, conocidos como los ‘big pharma’, se han repartido el mercado mundial, y han indicado en qué continentes van a aplicarse –comentó Santiago Vázquez–. Tanto las ‘big pharma’ como las empresas locales de medicamentos a nivel latinoamericano, ven a las medicinas como un negocio y no como un derecho. Frente a ello, la labor de los Estados es equilibrar las condiciones para que los medicamentos se conviertan en un derecho y no un negocio. Para eso, la compra pública juega un rol fundamental”, concluyó.

 Sally Burch, periodista, ALAI.


[1] Uruguay recientemente ganó el caso en el CIADI, lo que crea un antecedente muy importante, ya que estos tribunales suelen fallar lo más a menudo a favor de las empresas.
[2] Improving Access to Medicines: What needs to be done, South Bulletin 91, 18 June 2016, www.alainet.org/en/articulo/178356
[3] COMISCA: Consejo de Ministros de Salud de Centroamérica y República Dominicana.
[4] Todo el proceso se puede visualizar en el sitio web de la compra: https://catalogo.compraspublicas.gob.ec/



http://www.alainet.org/es/articulo/179977