martes, 14 de enero de 2014

Chile: Ley del lobby revelará a los que intentan influir sobre el Congreso y el Gobierno





Claudio Salinas y Paula Canales, 
La Segunda (Chile), 14 de enero de 2014 
Por fin, tras diez años de ires y venires en el Congreso, el proyecto de lobby está a punto de ser despachado y su puesta en marcha significará un gran salto en transparencia. Los altos funcionarios deberán publicar sus agendas de audiencias y habrá registro de lobbistas.




Después de más de diez años y varios intentos infructuosos, tanto de sucesivos gobiernos como de parlamentarios con vocación por los temas de transparencia, finalmente está a punto de ver la luz el primer marco legal que regulará las actividades de lobby en nuestro país.

En estos días el Senado y la Cámara de Diputados deberán pronunciarse sobre una propuesta de una comisión mixta que zanjó las diferencias surgidas entre las dos ramas del Congreso en torno a asuntos como la existencia de un registro habilitante para ejercer acciones de lobby, qué aspectos serán objeto de regulación y cuáles no y qué entidad llevará los registros de agenda pública.

La última batalla la dieron los senadores de oposición al presentar ante la Mixta una indicación para establecer la inscripción en un registro público de lobbystas remunerados como requisito previo para desarrollar la actividad, que fue rechazado por una mayoría trasversal de parlamentarios de la Alianza y la Nueva Mayoría. Pese a que este registro "ex ante" fue uno de los nudos críticos que entrabó en varias oportunidades la tramitación de la iniciativa, los legisladores de centroizquierda se allanarían finalmente a aceptar los registros de audiencias "ex post" que informarán las autoridades y altos funcionarios (los "sujetos pasivos de lobby") para facilitar el despacho de la ley.
En La Moneda y el Congreso coinciden en estimar que se está llegando al final del camino en esta materia.
Mociones que terminaron archivadas, presiones de grupos de interés y la ausencia de prioridad en la agenda legislativa habían terminado haciendo famosa la frase "el lobby mató el lobby" con la que diversos personeros ilustraron los continuos tropiezos que sufrió la iniciativa por mucho tiempo.
El primer proyecto integral para someter al lobby a una normativa jurídica fue presentado por el gobierno del Presidente Lagos en noviembre del 2003 en la Cámara de Diputados y llegó a ser despachado por el Congreso en abril del 2008, pero la entonces administración de la Presidenta Bachelet optó por recoger las observaciones de expertos y congresistas surgidos durante el debate parlamentario para someter a su consideración una nueva propuesta legislativa que ingresó al Senado en noviembre de ese año. Ese texto base fue el que reactivó y en algunos aspectos reformuló el gobierno del Presidente Piñera para llevarlo a puerto.
"¿Qué hace la iniciativa? Fundamentalmente, regular el lobby, pero poniendo énfasis en un aspecto: la transparencia. Los países que han legislado sobre este asunto siguen distintos modelos. Nuestra proposición se centra en la transparencia. Ella es el mejor antídoto contra la corrupción; es el mejor mecanismo para darle legitimidad y confianza al rol de las instituciones públicas", explicó el ministro Cristián Larroulet.

Definiciones y registros de agenda
El texto define el "lobby" como "aquella gestión o actividad remunerada, ejercida por personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que tiene por objeto promover, defender o representar cualquier interés particular, para influir en las decisiones que, en el ejercicio de sus funciones, deban adoptar los sujetos pasivos". En el mismo sentido, caracteriza al lobbista como "la persona natural o jurídica, chilena o extranjera, remunerada, que realiza lobby", precisando que si no media remuneración se denomina "gestor de intereses particulares".
Asimismo, la iniciativa obliga a transparentar las agendas públicas de las autoridades de la administración central (ministros, subsecretarios, jefes de servicio, directores regionales de los servicios públicos, intendentes, gobernadores, seremis), al igual que los gobiernos regionales y comunales (consejeros regionales, alcaldes, concejales). También se incluye a autoridades de otras instituciones públicas como la Contraloría General de la República, el Banco Central, los jefes de las Fuerzas Armadas, miembros del Congreso Nacional, fiscal nacional y fiscales regionales del Ministerio Público y el director de la Corporación Administrativa del Poder Judicial.
Dichos "sujetos pasivos" deberán dar a conocer las reuniones que sostengan con personas o instituciones que busquen hacer lobby o gestiones de intereses particulares con un fin, sean aquellos remunerados o no remunerados. Esas acciones tendrán que estar especificadas en las agendas de todas las autoridades públicas del país. Además, se establece la creación de varios registros, mediante los cuales la ciudadanía podrá enterarse de quiénes son los sujetos activos que realizan la actividad de lobby y qué sujetos pasivos son objeto de ella.
Estos registros de agenda pública deberán consignar las reuniones sostenidas, los asistentes, lugar y fecha de su realización, materia específica tratada y si se percibe una remuneración por dichas gestiones. Cuando corresponda, también debe informarse de los viajes, su destino, propósito y costo total así como la persona natural y jurídica que lo financió. Igual obligación rige para las donaciones oficiales y protocolares que reciban los sujetos pasivos en el ejercicio de sus funciones.
Finalmente, el proyecto establece sanciones a las autoridades públicas y altos funcionarios que no proporcionen registro de sus audiencias con lobbistas con multas que van de 10 a 30 unidades tributarias mensuales (409 mil a 1 millón 230 mil pesos) y en caso de que dicha omisión sea deliberada o incluya información falsa ellas se elevan de 20 a 50 UTM (818 mil a 2 millones 47 mil pesos).

Puntos de controversia y acuerdo político
Uno de los puntos en controversia que debió zanjarse en la comisión mixta del Congreso fue dónde se radicaba la responsabilidad de sistematizar toda la información de los registros de audiencias para ponerla a disposición de la opinión pública cada seis meses. La propuesta del Ejecutivo fue que dicha tarea quedara entregada al Ministerio Secretaría General de la Presidencia pero finalmente se convino en que sea un órgano autónomo como el Consejo para la Transparencia el que tenga la misión de reunir y actualizar la información de los registros cada tres meses.
Sin embargo, el núcleo principal de polémica entre el oficialismo y la oposición fue el tema de los registros, donde el Gobierno planteó que los sujetos pasivos de lobby los que deben generar, con la información que se publique mensualmente, el registro de lobbystas remunerados o de personas u organizaciones que promueven una gestión de interés particular no remunerada. En cambio, la Nueva Mayoría proponía que debe haber un registro habilitante para el lobby remunerado que establezca requisitos para que una persona o determinada institución o empresa pueda acreditarse para hacer lobby y ejercer influencia.

 Chile Transparente: "Se logró solución creativa"
El presidente de Chile Transparente, Gonzalo Delaveau , manifestó que el inminente despacho de la normativa que regulará el lobby "es de la máxima importancia porque Chile necesitaba desde hace mucho tiempo esta normativa en el ámbito de la transparencia".
"El acuerdo alcanzado en la comisión mixta debiera satisfacer las distintas visiones que existían sobre la actividad del lobby, sin perjuicio de que en el futuro esta ley puede ser objeto de mejoras. Sin embargo, lo conseguido desde ya constituye un hito porque vamos a conocer en forma clara la agenda de nuestras autoridades, con quienes y para qué se reúnen, lo que a su vez va a alimentar el registro de personas que de una u otra forma hacen lobby", puntualizó el abogado.
Hizo hincapié que el hecho de que una autoridad se reúna con quienes representen ciertos intereses en sí no es malo, pese a que hoy tiene cierto halo de irregularidad. " El gran avance de esta nueva ley es que esto ahora se va a hacer a la luz pública, independiente de la importancia de los intereses que represente quien pide la audiencia, sean estos empresarios, sindicatos o una junta de vecinos ", indicó.
Respecto al hecho de que no se haya logrado acuerdo para establecer un registro habilitante para ejercer el lobby, como en Estados Unidos, Delaveau sostuvo que en la comisión mixta "se llegó a una solución creativa y positiva en que se construirá un registro a partir de las agendas de las autoridades. No creo que el tema se solucione con un registro como el americano porque éste se encuentra bastante cuestionado al detectarse a agentes de lobby que no figuran registrados".




Cómo se regula en otros países
En Estados Unidos existe desde 1946 una legislación que regula las actividades de lobby. Dicha normativa fue reemplazada en 1995 por la Ley de Revelación de Cabildeos (Lobbying Disclosure Act of 1995) y en lo sustantivo define lo que se entiende como actividad de lobby, precisa quienes la ejercen, las actividades que no quedan cubiertas por la legislación, establece un registro en que deben anotarse los agentes de lobby y la exigencia de informar de las actividades, cada cierto tiempo, que realizan los lobbistas.

Por su parte, la Unión Europea dictó en 1992 una Comunicación por la que regula las relaciones entre los grupos de presión y las instituciones comunitarias. En el Reino Unido , desde 1998 está vigente una instrucción para los ministros de la corona en sus relaciones con los gestores de intereses.

En Argentina , vía decreto, se promulgó el 2003 el Reglamento General de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Nacional y un Reglamento General para la Publicidad de la Gestión de Intereses.

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