lunes, 7 de enero de 2013

Formosa no se cumple la ley de prescripción por nombre genérico

Medicamentos genéricos: Muchas de las prescripciones médicas violan las leyes


El comercial , 7 de enero  20013

Un nuevo capítulo en torno a la polémica sobre los medicamentos genéricos parece vislumbrarse hacia futuro debido a la conducta de profesionales médicos que al prescribir el medicamento a sus pacientes, lo hacen con el nombre de la marca y no expresando el nombre del remedio genérico como lo indica la ley provincial o nacional que regula la materia.


Un caso paradigmático se da en la obra social más importante dentro de la provincia por su cantidad de afiliados. A diario, muchos de los 109.905 afiliados al IASEP (Instituto de Asistencia Social para Empleados Públicos) van con sus respectivas recetas a la farmacia de dicho Instituto y no encuentran “la marca” del medicamento prescrito, generando una situación conflictiva ya que en muchos casos los pacientes se niegan a recibir la droga necesaria si no se corresponde con la marca comercial que le recetó su médico.

“Esto es un inconveniente grave para quienes están bajo tratamiento oncológico porque necesitan drogas de manera urgente, y si un profesional convence al paciente de que solo determinada marca le será útil, éste termina presionando a su obra social para que le consigan lo recetado, aún a costa de esperar días para que puedan ser entregados en mano”, explica un médico consultado por El Comercial que pidió anonimato ante la delicadeza del tema. “Pasa que hay muchas sospechas sobre presuntos acuerdos entre médicos y laboratorios donde cada uno sale beneficiado económicamente”, explicita el profesional.

El marco legal

La ley provincial N° 1.381/02 sobre medicamentos genéricos, dice taxativamente en su articulo 3° que “toda receto o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria, expresando el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional, por lo que la prescripción deberá contener, denominación de la droga, su concentración, forma farmacéutica y cantidad de unidades…”

La norma también permite que el médico exprese una marca comercial o de fantasía del medicamento y puede sugerir, solamente en caso de drogas o asociaciones sin homólogos, la aplicación de una especialidad medicinal.

Por otra parte la Ley nacional 25.649 referente a la utilización de medicamentos por su nombre genérico y a la cual la provincia a adherido, también contempla que “Toda receta o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando el nombre genérico del medicamento…” y agrega que “…la libertad de prescripción y de dispensa esta garantizada por la elección del principio activo y no sobre especialidades de referencia o marca”.

La situación planteada al principio, por fuera de ambas normativas, deja sin alternativas a quienes no cuentan con el dinero suficiente como para adquirir los remedios de marca y tampoco ofrecen una opción para su sustitución tomando en cuenta la denominación genérica.

Las sospechas
La razón de este tipo de operatoria, se debería no a un descuido de los profesionales al prescribir “una Marca” de remedios sin la denominación genérica, sino a arreglos espurios con los laboratorios.

En consecuencia, muchos de los 109.905 afiliados al IASEP están siendo perjudicados ante la flagrante violación de derechos que garantizan entre otros la defensa del consumidor de medicamentos, le están vedando la posibilidad de un adecuado tratamiento en detrimento de su salud y constituirían un millonario negocio para los profesionales y laboratorios involucrados en estas maniobras y a su vez un perjuicio en los ingresos del IASEP.

La autoridad de aplicación en este caso es el Ministerio de Desarrollo Humano y dependerá de ellos realizar las averiguaciones del caso, empezando tan sencillamente por revisar de qué manera y cómo, los profesionales médicos confeccionan sus recetas.


original en
 http://bit.ly/V3Bbly

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