RedLAM, 1 de Diciembre de 2015-
En el Día Mundial de la Lucha contra el sida, la Red Latinoamericana por el Acceso a Medicamentos,
RedLAM, hace un llamamiento a los gobiernos de los países de la región
Latinoamericana a ejercer su soberanía en la toma de decisiones en salud
frente a las empresas multinacionales farmacéuticas y en consecuencia a
utilizar criterios estrictos de patentabilidad poniendo en práctica las
salvaguardas de salud pública contempladas en el acuerdo ADPIC (Acuerdo
sobre los derechos de Propiedad intelectual relacionados con el
comercio) y la Declaración
de DOHA, utilizando al máximo las disposiciones que prevén
flexibilidades para garantizar el acceso a los medicamentos y el pleno
ejercicio del derecho a la salud de las poblaciones afectadas por la
epidemia del VIH-Sida ante los nuevos desafíos que se presentan hacia el
año 2020 y la necesidad de brindar tratamientos antirretrovirales para
todos.
El actual régimen de protección de derechos de propiedad
intelectual en Latinoamérica refuerza un modelo de I+D guiado por
eventuales beneficios comerciales y no de salud pública.
Un análisis comparativo de precios de medicamentos antirretrovirales y estudio exploratorio sobre el impacto de las barreras de propiedad intelectual en el acceso a medicamentos realizado por las organizaciones miembro de RedLAM en cinco países de Latinoamérica Argentina, Colombia, Brasil, México y Perú, arrojó
evidencia sobre las consecuencias que genera el monopolio de una
patente en el precio de los medicamentos mostrando que un medicamento
patentado puede costar una inversión pública de hasta un 50% o 70% más
que su versión genérica.
El sistema de patentes debe responder a la necesidad de
salud pública. Por ello los gobiernos deben promover y evitar en la
región la proliferación de patentes que no cumplen con los requisitos de
patentabilidad del art 27 del ADPIC adoptando el sistema que mejor se
ajuste a las necesidades de salud pública y necesidades de desarrollo
(art. 8 ADPIC).
Recordamos que la voluntad de los países en desarrollo de
ocuparse de las cuestiones de salud pública en el Consejo de los ADPIC
estuvo basada en la convicción de que el Acuerdo sobre los ADPIC no
debería impedir que sus miembros adopten las medidas necesarias para
asegurar el acceso a los medicamentos y para satisfacer otras
necesidades de salud pública.
El impacto de las patentes sobre los precios de medicamentos es dramático
y atenta contra las políticas públicas de acceso universal. Los
gobiernos y las personas se enfrentan a grandes esfuerzos individuales y
conjuntos para asegurar la sostenibilidad y sustentabilidad del acceso a
medicamentos, como así también la sostenibilidad y sustentabilidad de
los programas de provisión pública de medicamentos para el VIH-Sida y
otras enfermedades.
Es necesario que los gobiernos hagan un uso racional de
los recursos públicos destinados a salud tomando decisiones en las
compras públicas de medicamentos antirretrovirales, evaluando la
situación frente a los derechos de propiedad intelectual para tomar las
medidas adecuadas que realmente protejan la salud de su población y
generen mayor acceso a medicamentos evaluando el ahorro que la adquisición de las versiones genéricas genera.
Varios documentos, en particular de la OMS y de la CNUCD,
así como abundante trabajo académico y declaraciones de organizaciones
no gubernamentales, habían subrayado la flexibilidad permitida por el
Acuerdo sobre los ADPIC, en especial en relación con las excepciones a
los derechos de patente, importaciones paralelas y licencias
obligatorias.
Aunque autoridades de los países
Latinoamericanos enfrentan obstáculos al intentar implementar licencias
obligatorias e importaciones paralelas y no por falta de claridad en el
Acuerdo sino por presiones comerciales, falta de voluntad política o
reglamentación ineficiente o no acorde con el espíritu de Doha. El uso
de las Licencias Obligatorias en los países donde se ha reglamentado se
ha convertido en un mecanismo de dilación que favorece los intereses
comerciales.
Sin embargo el uso del mecanismo de licencias obligatorias
( art 31 ADPIC) es uno de los principales instrumentos que puede
limitar los derechos exclusivos del titular de la patente cuando resulte
necesario para alcanzar los objetivos de política pública en salud, y
en particular para asegurar la disponibilidad de fuentes alternativas de suministro de medicamentos a precios más bajos.
Brasil emitió en 2007 una licencia obligatoria para
efavirenz que logró mejorar la cobertura, Ecuador tiene una política de
emisión de licencias obligatorias pero procesos judiciales emprendidos
por las multinacionales impiden un efecto práctico, en Colombia la
sociedad civil ha solicitado dos licencias obligatorias, una de ellas
para lopinavir/ritonavir que aunque no se otorgó, la presión de la
sociedad civil por vía judicial ante el evidente abuso de la
multinacional permitió una reducción aproximada del 90% en el precio del
medicamento, en Perú también la sociedad civil ha solicitado desde hace
más de un año, una licencia obligatoria para atazanavir que permitiría
un 75% de ahorro en el precio que podría utilizarse para aumentar la
cobertura y mejorar la prestación de servicios, lamentablemente
presiones externas están obstaculizado su emisión.
La utilización de las salvaguardas de salud lleva a concretar varios objetivos en materia de política nacional, permite la reducción de los precios
de los medicamentos, efectiviza la transferencia de tecnología,
promueve la producción local, corrige los efectos de prácticas
anticompetitivas en el mercado, y evita la proliferación de patentes que
no son verdaderas invenciones limitando la extensión de los monopolios
más allá del límite de protección que establecen las leyes nacionales de
patentes y el ADPIC.
En atención a que la observancia de los derechos de
propiedad intelectual no son absolutos sino que están sujetos a valores
sociales más elevados, exhortamos
a los gobiernos de la región a no firmar medidas ADPIC plus que
signifiquen un fortalecimiento en los derechos de propiedad intelectual
en los tratados de libre comercio que no respeten los derechos humanos
fundamentales y que pongan en grave riesgo las políticas públicas en
materia de salud y de acceso a los medicamentos .
Es necesaria la aplicación de nuevos modelos de precios
para las economías emergentes y de países en desarrollo porque el actual
aplicado no corresponde con la realidad, y es un obstáculo para la
cobertura a tratamiento antiretroviral.
Los medicamentos son bienes sociales y no deben quedar
librados a decisiones comerciales y avatares del mercado porque con esas
políticas se pierde soberanía y se abandona al pueblo.
Nuestros pueblos necesitan un estado presente, políticas
públicas que garanticen el acceso Medicamentos tanto a nivel local como
regional para construir una Región fortalecida que defienda y siga
conquistando derechos humanos para todos y todas.
En el Dia Mundial de la Lucha contra el sida 2015 en lo
referente a tratamientos antiretrovirales RedLAM, demanda a los
gobiernos de la región :
1. Uso de criterios estrictos de patentabilidad
2. Aplicación efectiva de salvaguardas de salud pública
tales como licencias obligatorias, importaciones paralelas emitiendo
reglamentaciones acorde con el espíritu de Doha y la salud pública.
3. No contraer compromisos comerciales que incluyan medidas ADPIC Plus
4. Ejercer veeduría sobre los costos abusivos de los medicamentos utilizados en el tratamiento del VIH/sida.
Organizaciones Miembro
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