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viernes, 22 de septiembre de 2017

Tras aprobación de la FDA muchas compañías no realizan controles de seguridad



Reuters Health  22 de sweptiembre de 2017 

El estudio que demostró esto, fue cuestionado tanto por la FDA misma como por algunas de las compañías aludidas.


En el apuro  por aprobar nuevos medicamentos, la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos a menudo requiere que las compañías farmacéuticas estudien posibles efectos secundarios y dosis alternativas para los medicamentos una vez que alcancen el mercado más amplio. Un nuevo análisis en el New England Journal of Medicine concluye que, en muchos casos, eso no se está haciendo.

El Dr. Steven Woloshin, del InstitutoDartmouth de Políticas de Salud y Práctica Clínica en el Líbano, New Hampshire, y sus colegas examinaron los registros federales y encontraron que entre los 614 estudios encargados en 2009 y 2010, el 20% nunca se inició y el 9% se retrasó .

"Cuando los fármacos son aprobados, los ensayos suelen ser pequeños y de corto plazo, y algunos efectos secundarios pueden no surgir hasta la fase posterior a la comercialización", dijo Woloshin a Reuters Health en una entrevista telefónica. "El problema es que cuanto más rápido estén en el mercado, más preguntas abiertas habrá sobre su seguridad o la mejor dosis".

En una respuesta publicada en el Journal, la FDA dijo que por su cuenta, el 88% de todos los requisitos post-comercialización - no sólo los mandados en 2009 y 2010 - "estaban progresando de acuerdo a sus horarios originales" a partir del año fiscal 2015.

Una de las cuatro compañías farmacéuticas contactadas por Reuters Health proporcionó pruebas de que la información sobre su registro de post-aprobación reportada por el equipo de Woloshin es inexacta.

Con el presidente Donald Trump prometiendo acelerar aún más el proceso de aprobación de la FDA, "la aprobación de fármacos es probable que se vuelva cada vez más rápida y se base en estándares de evidencia más holgados", escribe el equipo de Woloshin en su informe. "Será crucial asegurarse de que las preguntas importantes que no se contestan en el momento de la aprobación se resuelven lo más rápidamente posible".

Un ejemplo de la falta de plazos es Suboxone de Indivior, una combinación de buprenorfina y naloxona utilizados para tratar la dependencia de opiáceos. La FDA quería saber si causaba un problema específico con el corazón.
"El patrocinador recibió más de 1 año para presentar el protocolo de prueba y 5 años para completar el ensayo", escriben los autores del estudio. "Sin embargo, a partir de julio de 2017, al parecer el protocolo final no había sido presentado".

Y cuando se aprobó el tratamiento de esclerosis múltiple de US$ 72.000 por año de Novartis, Gilenya (fingolimod), la FDA le dijo a la compañía que probara una dosis diaria más baja. "A veces una dosis más baja puede ser tan eficaz, pero tienen menos efectos secundarios", explicó Woloshin.
Sin embargo, "más de 6 años después de la aprobación, el ensayo no se había completado debido a las dificultades de reclutamiento a pesar de que el fabricante reportó US$ 2.800 millones en ventas", escriben los investigadores.

La compañía dio a conocer un comunicado a Reuters Health diciendo que el reclutamiento fue lento debido a que la terapia de esclerosis múltiple ha evolucionado. Los resultados del estudio se esperan en la segunda mitad del próximo año.

Un ejemplo citado por los investigadores está siendo cuestionado. El caso involucra a Victoza, el medicamento ampliamente prescrito de Novo Nordisk para la diabetes tipo 2. Las pruebas en animales mostraron que podría causar cáncer de tiroides. La FDA ordenó a la compañía crear un registro de 15 años para registrar casos de cáncer de tiroides entre los usuarios. La fecha límite para la presentación de las reglas para el funcionamiento del registro fue julio de 2010.

El equipo de Woloshin sostiene que no se ha presentado ningún protocolo para el registro y cita un sitio web de la FDA que muestra el registro como "Delayed".

Pero el portavoz de la compañía, Ken Inchausti, proporcionó un enlace al ensayo en el sitio web clinicaltrials.gov mostrando que la inscripción comenzó en enero de 2012. Le dijo a Reuters Health en un correo electrónico que 996 pacientes han sido entrevistados hasta la fecha.
Woloshin y sus colegas escriben que sus datos muestran que el 16% de los estudios en curso están dentro del calendario.

"A pesar de que estar en el horario es tranquilizador, argumentaríamos que algunos horarios especificados por la FDA son demasiado largos", escriben. El equipo cree que la FDA debe establecer plazos más cortos e imponer sanciones cuando las compañías no cumplan estos plazos.
"Por ejemplo", escriben, "el calendario para un estudio pediátrico de 1 año de seguridad y eficacia para Welchol (colesevelam), usado para evaluar los efectos del tratamiento sobre la diabetes tipo 2 en niños. . . se permitió 6 años para la terminación; y se concedió una extensión adicional de 4 años ". El fármaco se comercializa en Estados Unidos por Daiichi Sankyo, la segunda compañía farmacéutica japonesa.

En algunos casos, la FDA simplemente ha descartado un requisito para un estudio post-aprobación sin dar una razón. "Añadir esta información a su base de datos pública de postaprobación aumentaría la transparencia", escribe el equipo de Woloshin.

La declaración de la FDA no responde directamente a las sugerencias. "Con el tiempo, los avances en la ciencia, los cambios en los estándares de atención, y la nueva información clínica pueden afectar la viabilidad del estudio, los requisitos de diseño, e incluso la necesidad o la conveniencia de un estudio", dijo la agencia.
"La FDA sigue estas circunstancias cuidadosamente y trabaja con los fabricantes para asegurarse de que el requisito de postcomercialización o el estudio de compromiso proporciona la información necesaria para la salud pública", añadió.


el estudio original 

Steven Woloshin, M.D., Lisa M. Schwartz, M.D., Brian White, B.A., and Thomas J. Moore, A.B. The Fate of FDA Postapproval Studies N Engl J Med 2017; 377:1114-1117September 21, 2017 DOI: 10.1056/NEJMp1705800

en http://www.nejm.org/toc/nejm/377/12/

domingo, 19 de febrero de 2017

Argentina firma convenio de patentes con Estados Unidos

Observatorio Sudamericano de Patentes, 18 de febrero de 2017

idas y vueltas previas  en  http://medicamentos-comunidad.blogspot.com.ar/search/label/INPI


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Convenio fue publicado por Estados unidos.
  
El presidente del Instituto Nacional de Propiedad Industrial de Argentina, Dámaso Pardo, selló un acuerdo  bilateral con la oficina de marcas y patentes de los EEUU (USPTO) en lo que configura el alineamiento del organismo argentino a las políticas de propiedad industrial del país del Norte.

 
Pardo, un abogado socio de José Alfredo Martínez de Hoz (h) en el estudio PAGBAM hasta días antes de asumir como presidente del INPI, introduce así a la Argentina a un Programa de concesión de patentes según los estándares promovidos por los Estados Unidos y sus empresas.
El Programa PPH, develado por la directora de la USPTO, Michelle Lee, incluye la aceptación recíproca de resultados de patentamiento de ambas oficinas, como así también los informes de búsquedas de patentes de la oficina estadounidense.
El Convenio bilateral es presentado como "Programa Piloto" para evitar que deba ser tratado por el Congreso Nacional y es parte de una estrategia para que las oficinas de la región acepten los resultados de patentamiento de Estados Unidos.

A continuación el Documento:

Programa Piloto de Patentes de Prospección (PPH) entre la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos y el Instituto Nacional de Propiedad Industrial de Argentina


I. Antecedentes

A partir de julio de 2006, la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos (USPTO) se ha asociado con varias otras oficinas en los programas de Patent Prosecution Highway (PPH). La PPH permite que un solicitante que recibe una sentencia positiva en reclamaciones de patentes de una oficina participante para solicitar la resolución acelerada de las solicitudes correspondientes en la otra oficina participante, lo que permite al solicitante obtener una decisión de patentabilidad en la segunda oficina más rápidamente.


Además, la PPH promueve la eficiencia del procesamiento de solicitudes de patente al permitir al examinador en la oficina de examen posterior (OLE) reutilizar los resultados de búsqueda y examen de la oficina de examen anterior (OEE), reduciendo así la carga de trabajo y la duplicación de esfuerzos.
El 6 de enero de 2014, la USPTO comenzó a participar en los programas piloto PPH e IP5 PPH ("Global / IP5 PPH"), que consolidaron y reemplazaron numerosos programas PPH anteriores, simplificando y simplificando el proceso PPH tanto para los solicitantes como Global / IP5 PPH oficinas participantes. Véase Implementación de los Programas Pilotos Globales e IP5 de Patrocinio de Patentes (PPH) con las Oficinas Participantes, 1400 OFF. GAZ. PALMADITA. OFICINA 172 (18 de marzo de 2014).

A raíz de las discusiones entre la USPTO y el Instituto Nacional de Propiedad Industrial de Argentina (INPI-Argentina), la USPTO implementará un programa piloto de PPH con el INPI-Argentina. El INPI-Argentina no es actualmente una oficina participante de Global / IP5 PPH y se está asociando con la USPTO en el PPH sobre una base bilateral solamente. Sin embargo, una solicitud de PPH presentada en la USPTO basada en el producto de trabajo INPI-Argentina será tratada bajo los estándares de PPH globales / IP5 publicados como se discute en la Sección III a continuación.


II. Período de Prueba del Programa Piloto de PPH con el INPI-Argentina

El programa piloto de PPH comenzará el 3 de marzo de 2017 y durará un período de tres años que terminará el 2 de marzo de 2020. El período de prueba se puede extender si es necesario para evaluar adecuadamente la viabilidad del programa PPH. Ambas oficinas evaluarán continuamente los resultados del programa piloto de PPH para determinar si y cómo se debe modificar el programa. Las oficinas también pueden terminar el programa piloto de PPH con anticipación si el volumen de participación excede un nivel manejable, o por cualquier otro motivo. El aviso será publicado si el programa piloto de PPH será extendido o terminado. A menos que el INPI-Argentina se convierta en una oficina de PPH Global participante, cualquier extensión o terminación del programa PPH Global / IP5 no tendrá ningún efecto en este programa piloto de PPH.

III. Participación en el Programa Piloto PPH con el INPI-Argentina en la USPTO

Cualquier solicitud para participar en un programa de PPH en la USPTO basado en el producto de trabajo INPI-Argentina está sujeta a los mismos requisitos y procedimientos que recibirán tratamiento equivalente a una solicitud hecha bajo el programa piloto Global / IP5 PPH según lo establecido en El siguiente aviso: Implementación de los Programas Piloto Global e IP5 Patente de Prosecución de Patentes (PPH) con las Oficinas Participantes, 1400 OFF. GAZ. PALMADITA. OFICINA 172 (18 de marzo de 2014).
 Este programa piloto de PPH también estará sujeto a cualquier modificación de los requisitos y procedimientos del programa piloto Global / IP5 PPH. Se puede obtener un formulario de solicitud (Formulario PTO / SB / 20AINPI) en el sitio Web de la USPTO en http://www.uspto.gov/patents/init_events/pph/.
Cualquier pregunta relacionada con este aviso puede dirigirse a Bryan Lin, Administración Internacional de Patentes, al 571-272-3303, o por correo electrónico a bryan.lin@uspto.gov.
Preguntas específicas sobre la Autoridad de Patentes deben dirigirse a la Oficina de Peticiones al 571-272-3282, o por correo electrónico dirigido a PPHfeedback@uspto.gov.

Fecha: 13-02-2017

Michelle K. Lee
Subsecretaria de Comercio para la Propiedad Intelectual y Directora de la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos


Documento original:

Patent Prosecution Highway Between USPTO and INPI-Argentina ...

 

Original en https://observadorpatentesur.blogspot.com.ar/2017/02/programa-piloto-de-patentes-de.html

 

lunes, 17 de octubre de 2016

Argentina: rige normativa que otorga patentes extranjeras de forma acelerada

 
A partir del sábado 15 de octubre comenzó a regir la resolución Nro. 56/ 2016 del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), que flexibilizó la modalidad del otorgamiento de patentes, favoreciendo a las empresas extranjeras.
La medida deberá aplicarse por parte de los examinadores de patentes argentinos quienes podrán a solicitud de los propios abogados de las empresas pedir la concesión de una patente que otra oficina (EEUU, Europa) haya otorgado en otro territorio.
La Administración de Patentes solamente deberá realizar una búsqueda en el país y asegurarse que las reivindicaciones presentadas en Argentina posean un alcance igual o menor que la otorgada en los otros mercados.
Esta resolución abre la puerta al patentamiento acelerado “Fast Track” de solicitudes que en el caso de Argentina son un 85% ingresadas desde el exterior, lo que se denomina “importación” de patentes.
Según diputados de la oposición mientras la Ley de Patentes N 24.481 “obliga al INPI a realizar un examen de fondo en toda solicitud de patentes” de medicamentos, “la resolución INPI 56/2016, permite que dicho organismo omita el examen de fondo y considere válido el examen realizado por una oficina extranjera”.
Por su parte, los laboratorios observan de manera muy crítica las consecuencias directas de esta inicitiva pero, además, ven en la resolución del INPI un primer paso para terminar de habilitar la discusión de patentes, deseo histórico de los laboratorios extranjeros para ingresar fuerte al mercado nacional.
CILFA, cámara de laboratorios nacionales presentó un recurso administrativo ante el INPI para frenar la resolución 56 que para los laboratorios nacionales implica convertir al organismo en “una mesa de entrada” para patentes “importadas y express”.
La cámara de los laboratorios extranjeros, CAEME, defendió la resolución al afirmar que “la Argentina tiene los estándares más restrictivos de la región y de muchos países del mundo” para la obtención de las patentes industriales.
CAEME en un comunicado aseveró que “es  total y absolutamente respetuosa de las decisiones administrativas tomadas por las autoridades regulatorios del país” y aclaró que la resolución 56 “es de índole general y no se aplica exclusivamente para la industria farmacéutica”.
El presidente del INPI, Dámaso Pardo, quien fue por 15 años socio de Martinez de Hoz (Hijo) en el estudio de abogados PAGBAM, firmo la resolución 56 para beneficiar a los principales clientes de estos estudios quienes se verán beneficiados a partir de ahora de una resolución que pone en riesgo el acceso a los medicamentos a precios razonables al implantar un sistema de otorgamiento de monopolios de al menos 20 años.
 

Original en 
http://observadorpatentesur.blogspot.com.ar/2016/10/argentina-rige-normativa-que-otorga.html

domingo, 25 de septiembre de 2016

Argentina. El zorro en el gallinero: Oficina de marcas y patentes en manos de abogados de empresas multinacionales

zorro
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La empresa PAGBAM PI es una firma que provee una amplia gama de servicios relacionados con la protección y el cumplimiento de todos los derechos de Propiedad Intelectual, desde las áreas más tradicionales, como patentes, marcas, derechos de autor, secretos industriales y comerciales, diseños industriales y variedades vegetales, hasta las manifestaciones más recientes, como los nombres de dominio, Internet y derechos de privacidad. Asimismo, contamos con experiencia en derechos de publicidad y marketing.
El grupo de Propiedad Intelectual cuenta con un equipo multidisciplinario capaz de asistir a nuestros clientes en casos complejos. Abogados, ingenieros, químicos, asistentes legales y personal administrativo trabajan en conjunto para brindar una óptima calidad de servicios legales y una solución personalizada a cada cliente. A través de nuestra red de corresponsales prestamos servicios relacionados con la Propiedad Intelectual en todos los países de América Latina. Nuestra organización nos permite además administrar una cartera local o regional de patentes, marcas y derechos de autor de compañías multinacionales. Estamos convencidos de que abordar las necesidades de nuestros clientes desde un enfoque proactivo redunda en beneficio de estos. Por ello dedicamos una parte importante de nuestra práctica al asesoramiento legal a fin de encontrar la mejor manera de proteger los activos intangibles. La experiencia nos ha demostrado que en la mayoría de los casos un asesoramiento legal oportuno evita un litigio innecesario. Pese a ello, en caso de que surgiera la necesidad de litigar, contamos con un equipo completo y multidisciplinario de abogados, químicos e ingenieros que goza de una fuerte reputación en los Tribunales Federales. Ellos se encuentran preparados para enfrentar cualquier disputa referida a los derechos de Propiedad Intelectual“.
Esta presentación corresponde al estudio jurídico PAGBAM, siglas de Pérez Alati, Grondona, Benites, Arntsen & Martínez de Hoz (h). PAGBAM PI se fundó originalmente en 1995 cuando los doctores Fernando Alonso y Dámaso Pardo decidieron establecer su propio estudio. La práctica se inició con el nombre de Alonso, Pardo & Asociados.
En el año 2001, Alonso, Pardo & Asociados y el estudio de práctica general y corporativa Pérez Alati, Grondona, Benites, Arntsen & Martínez de Hoz (h) decidieron “combinar sus prácticas y establecer una alianza estratégica”, afirman los socios.
Antes de asumir el pasado mes de junio en el cargo de Presidente del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), Dámaso Pardo debió suspender su matrícula de agente de la propiedad industrial ante el INPI, como así también renunciar a la participación societaria que mantenía en la firma PAGBAM: como se aprecia, la incompatibilidad es manifiesta.
Su socio, José Alfredo Martínez de Hoz (hijo) fue quien realizó lobby ante el gobierno para lograr ubicarlo al frente del INPI controlando, ya no desde afuera, sino ahora desde adentro, todos los procesos de resoluciones de marcas y patentes en el país. En Argentina alrededor del 50% de las solicitudes de marcas y el 90% de las patentes pertenecen a empresas extranjeras. Se sabe que este estudio de abogados fue además socio aportante de la campaña presidencial de Mauricio Macri.
PAGBAM no solamente se ha dedicado a la propiedad industrial, sino también a defender los intereses de las empresas transnacionales contra el Estado argentino ante el CIADI y demas tribunales internacionales. El presidente del INPI trabajó antes como abogado de empresas sobre las que ahora debe decidir otorgar derechos exclusivos de explotación por 20 años.
El socio en PAGBAM especialista en marcas y docente en la Universidad del Opus Dei (Univ.Austral), Dámaso Pardo,  es el encargados de garantizar los nuevos negocios que se van a generar a partir de la concesión de patentes biotecnológicas y farmacéuticas en Argentina.
Confirmando esto, Pardo emitió una resolución administrativa publicada en el boletín oficial a la medida de las empresas extranjeras en la Argentina que impacta directamente en  los intereses económicos de los laboratorios farmacéuticos nacionales quienes ocupan un 50 % del mercado de los medicamentos en el país.
Esta resolución ha sido duramente fustigada por las cámaras farmacéuticas locales, quienes ven a esta decisión inconstitucional y violatoria de varias leyes nacionales. Esta resolución permite que oficinas de patentes de otros países decidan sobre el patentamiento en nuestro país, pues mediante una simple instrucción se faculta a los examinadores de patentes argentinos a dar por válidos los resultados de patentabilidad resueltos por examinadores de EEUU, Unión Europea o Japón, quienes poseen más del 90% de las patentes del Mundo.
Con esta resolución la oficina de patentes de Argentina se convierte en un simple registro que permitirá sin embargo otorgar un monopolio para cada uno de los productos que presenten las empresas extranjeras concentrando aún más la economía en manos de las empresas y aumentando las ganancias del sector farmacéutico transnacional en el mercado argentino.
Pardo y su banda están consumando una gran maniobra jurídica y económica para lograr que sus habituales clientes se hagan de un botin de millones de dólares al conceder patentes a estas empresas, ahora desde adentro del INPI, obligando a su empleados a cumplir con la Resolución 56 /2106.
Los examinadores de patentes argentinos deberán aprobar los informes de búsqueda internacional y exmen de patente realizados por oficinas extranjeras que contemplan,por ejemplo, los segundos usos farmacéuticos, las variedades vegetales o las patentes de software.
Esta resolución administrativa  “fast track”, transfiere la decisión soberana de conceder o denegar patentes a organismos extranjeros o supranacionales. Dámaso Pardo y el gobierno de Macri, como agentes personeros estadounidenses en Argentina, pretender modificar la ley de patentes nacional, invocando convenios con otras oficinas pasando por alto al Congreso Nacional y usurpando sus funciones.
El zorro Pardo fue colocado en el gallinero (INPI) para desplumar a las empresas farmacéuticas nacionales, la sociedad argentina y apoderarse definitivamente del mercado de medicamentos local.

original en 
http://observadorpatentesur.blogspot.com.ar/2016/09/el-zorro-en-el-gallinero-oficina-de.html

sábado, 24 de septiembre de 2016

Laboratorios nacionales vs. extranjeros

ver también

Argentina otorgará patentes a empresas extranjeras violando la ley

Gobierno argentino concederá patentes farmacéuticas 

Argentina: laboratorios farmacéuticos de EEUU intentan apoderarse de oficina de marcas y patentes

 Empresas farmacéuticas estadounidenses agrupadas en AAAPI, exigen a gobierno de Macri eliminar normativa de patentes de medicamentos

Una resolución oficial favorece a laboratorios extranjeros. Los locales van a ir a la Justicia para frenar su aplicación.

Los laboratorios locales irán a la Justicia para frenar la aplicación de una resolución dictada por el Gobierno ya que consideran que esa norma flexibiliza el otorgamiento de patentes para la venta de medicamentos en el mercado local y traslada esa responsabilidad a organismos de terceros países. Además de la supuesta contradicción con la legislación local que volvería a la norma inconstitucional, la industria farmacéutica advierte que la política oficial “favorece el avance en nuestro país de los monopolios extranjeros, se traducirá en un aumento de los precios de los medicamentos y tendrá un impacto negativo sobre inversiones y el empleo de la industria nacional”.
Según el Ministerio de Producción, la norma no vulnera facultades del Estado nacional, que conservaría la última palabra en materia de emisión de patentes, rubro tradicionalmente sujeto a fuerte lobby empresarial.
El 12 de septiembre, el Gobierno publicó la resolución 56 del Instituto Nacional de Propiedad Intelectual (INPI) que establece que se podrán considerar cumplidos los requisitos de patentabilidad y otorgar una patente si una oficina extranjera concedió una patente equivalente, sin necesidad de que la oficina argentina haga su propio análisis de patentabilidad. “La nueva resolución permite la extranjerización de las decisiones sobre concesión de patentes”, resumieron las empresas.
“La política de Estado argentina en materia de patentes durante los últimos 20 años se expresa en 6 leyes que establecen procedimientos para que se respete el equilibrio sobre todo en áreas sensibles como salud, alimentación y medio ambiente. Sin embargo, la resolución 56 permite al INPI evitar el examen de patentabilidad vigente en nuestro país, apoyándose únicamente en las decisiones tomadas por oficinas de patentamiento extranjeras”, aseguran desde la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (Cilfa). “Se facilita desmedidamente el patentamiento, eliminando exigencias de prueba relevante y salteando etapas del proceso de evaluación”, agregan. La lectura de los empresarios locales es que la norma da ventajas a las multinacionales para que renueven sus patentes y así conserven nichos de rentabilidad en perjuicio de los laboratorios nacionales.
El INPI está presidido por Dámaso Pardo, funcionario designado por el macrismo a mediados de año. Pardo es un abogado de larga trayectoria en el campo de la propiedad intelectual litigando para las empresas y fue, hasta su asunción, socio del estudio Pérez Alati, Grondona, Benítez Artnsen y Martínez de Hoz, éste último hijo del ministro de Economía de la última dictadura militar. El INPI es un nicho tradicional de lobby empresario. En la última gestión la pelota estuvo del lado de los laboratorios nacionales, que se vieron favorecidos por la restrictiva política de patentamientos. Ahora la situación sería inversa.
Los laboratorios van a ir a la Justicia contra la resolución 56. Los abogados de las empresas advierten que la norma “es inconstitucional porque es incompatible con la ley de patentes que obliga al INPI a examinar detalladamente cada solicitud de patente. Dicha exigencia es directamente incumplida ya que el INPI puede apoyarse en la decisión de oficinas extranjeras para conceder las patentes sin examen de fondo local. Además, viola el principio de independencia de las patentes de cada país establecido los convenios internacionales”.
El Gobierno asegura que la norma no vulnera facultades del INPI, que mantendría la última palabra a la hora de otorgar una nueva patente. “El INPI luego del exhaustivo proceso de análisis, podrá otorgar o denegar la patente de acuerdo a los criterios de novedad, altura inventiva y aplicación industrial tal como lo establece la normativa”, es el argumento oficial. Del otro lado, el poderoso sector local de laboratorios plantea que “el Gobierno busca transformar al INPI en un sello, en una mesa de entradas receptora de solicitudes de patentes extranjeras, que deberá concederlas con la mayor celeridad posible, vulnerando las funciones de resguardo del dominio público nacional que debe cumplir”.

original en http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-310165-2016-09-24.html