martes, 8 de septiembre de 2009

Nimesulida Nota Gapurmed

Grupo Argentino Para el Uso Racional del Medicamento (GAPURMED)
Buenos Aires, 13 de junio de 2009
Solicitud de Retiro de Nimesulida

Ricardo Martínez
Interventor ANMAT
S/D

De nuestra mayor consideración:
Nos dirigimos a Ud. con el objeto de solicitar el retiro del mercado del fármaco nimesulida, debido a que es un medicamento cuestionado por su seguridad, los riesgos superan a los beneficios, exponiendo a los pacientes a riesgos hepáticos severos ó mortales.
Se presenta un informe de la situación de nimesulida en la Argentina y el mundo, (el mundo y Argentina para su conocimiento) y un anexo con algunos prospectos que no se ajustan a la normativa vigente en nuestro país.


Antecedentes
La nimesulida es un antiinflamatorio no esteroideo (AINE) que difiere estructuralmente de los otros AINE por la presencia de un grupo sulfoanilida, que probablemente es responsable de sus propiedades farmacológicas.1,2 Es un inhibidor de la síntesis de prostaglandinas de eficacia intermedia, con acción selectiva sobre la ciclooxigenasa-2 (COX-2), que además presenta un mecanismo de acción múltiple, sobre la síntesis y liberación de los mediadores de la inflamación a distintos niveles.1-4
La nimesulida ha mostrado eficacia frente a placebo como analgésico, antiinflamatorio y antipirético en procesos reumáticos, postraumáticos, postoperatorios, dolor canceroso, tromboflebitis, dismenorrea, fiebre de etiología variada y otros procesos inflamatorios musculoesqueléticos, respiratorios, ginecológicos, genitourinarios, otorrinolaringológicos y de tejidos blandos.2,3 No se han encontrado diferencias estadísticamente significativas, en cuanto a su eficacia, en los estudios comparativos realizados frente a otros AINEs.2,3 Una revisión más reciente de Prescrire concluye que no agrega nada a los AINE existentes.5


Seguridad de nimesulida
En estudios iniciales la nimesulida ha mostrado buena tolerancia, presentando reacciones adversas generalmente moderadas y transitorias.2,3 Las más frecuentes fueron gastrointestinales (dolor, pirosis, náuseas, diarrea, vómitos), dermatológicas (erupción, prurito, eritema, rubefacción, edema facial, sudoración) y neurológicas (vértigo, somnolencia, cefalea, hiperexcitabilidad)2,3; se ha descrito algún caso aislado de púrpura trombocitopénica, estomatitis y hemorragia gastrointestinal.2
Sin embargo en los últimos años se han notificado numerosos casos de trastornos hepáticos severos que han llevado a la suspensión temporal de la comercialización en algunos países o restricciones a su uso.6
Los primeros 5 casos de hepatitis asociada a nimesulida se publicaron en Montevideo, Uruguay con dos casos mortales.7 Estos efectos adversos han sido objeto de una serie de cartas y publicaciones en el Lancet durante 1999 y 2000.7-9
En febrero de 2000, los laboratorios fabricantes de nimesulida en España enviaron una carta dirigida a los prescriptores advirtiendo del potencial daño hepático y la contraindicación para menores de 12 años.10


Retiro en Finlandia y suspensión temporal en España
En marzo de 2002 un Estado Miembro de la Unión Europea (Finlandia) suspendió la comercialización de nimesulida (109 notificaciones de acontecimientos adversos, de las cuales 66 afectaban al hígado).11
A raíz de la decisión de Finlandia, el Comité de Seguridad de Medicamentos de Uso Humano –órgano consultivo de la Agencia Española del Medicamento reevaluó el perfil de seguridad de nimesulida, concluyendo que el uso de nimesulida se asocia a un mayor riesgo (en términos de frecuencia y gravedad) de inducir lesiones hepáticas, en comparación con otros AINE.

El mecanismo de producción de estas reacciones parece ser de tipo idiosincrático, no ligado a la dosis y por tanto difícilmente predecible; por otra parte, la evidencia científica disponible no muestra que la nimesulida pueda ser considerada un AINE con menor potencial de producir hemorragias y perforaciones gastrointestinales. Basándose en todo lo anterior, el Comité ha recomendado a la Agencia que suspenda temporalmente la autorización de comercialización de las especialidades farmacéuticas autorizadas en España que incluyen en su composición a la nimesulida, hasta que el Comité de Especialidades Farmacéuticas(CPMP) de la Agencia Europea de Medicamentos (EMEA) se pronuncie al respecto.12


Acciones reguladoras posteriores
En mayo de 2007 el Comité de Medicamentos de Irlanda (IMB, por sus siglas en inglés) anunció la suspensión de la comercialización de los productos que contengan nimesulida para uso oral.13 Un mes después en junio de ese mismo año la Agencia Sanitaria de Singapur ((HSA, por sus siglas en inglés) también decide retirarla del mercado
Como contrapartida cabe destacar que Estados Unidos (EEUU), Inglaterra, Canadá, Japón, Australia, Nueva Zelandia nunca aprobaron su comercialización debido a su relación beneficio-riesgo desfavorable. 14
En 2007, la Sociedad Internacional de Boletines independientes sobre medicamentos (International Society of Drug Bulletins), una red independiente de revistas y boletines de medicamentos, solicita que se retire del mercado mundial porque no ofrece ventajas terapéuticas respecto a otros antiinflamatorios no esteroides y además tiene efectos potenciales hepáticos graves (potenciales efectos hepáticos graves o efectos hepáticos potencialmente graves). 15


Acciones reguladoras en Argentina
Un trabajo realizado por la Universidad Nacional de Rosario, publicado en el año 2000, comunica una serie de 12 pacientes con toxicidad hepática, que fueron vistos durante un período de 10 años (1987-1997), caracterizados en su mayoría, por presentar un cuadro predominantemente colestásico. Después de revisar otros trabajos los autores concluyen que “..., si bien la nimesulida es un fármaco relativamente seguro, tras diclofenac, parece ser la causa más frecuente de hepatitis por AINE en nuestro medio...”. 16
En función de las medidas tomadas por Finlandia, España y otros países en el año 2003 la ANMAT dispuso su Vigilancia controlada, por la Disposición Nº 4087/2003. En la misma también establecía el modelo de prospecto con toda la información que debía incluirse a partir de ese momento en los productos comercializados.17


El problema de su comercialización en la Argentina
Sumado al problema de su seguridad, en nuestro país se comercializa en un contexto que difícilmente pueda garantizar un uso adecuado y racional poniendo en riesgo así la seguridad de los pacientes. A continuación se detallan algunos de los problemas detectados a través de una investigación de la Cátedra de Farmacología de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE) (Corrientes)18 y de la Dirección de Bioquímica y Farmacia de la Provincia de Santa Fe.19

a- Los nombres comerciales
En Argentina la nimesulida comparte nombres comerciales muy similares con otros principios activos, como diclofenac, ácido niflúmico y pridinol, ej: Aldorón (Nimesulida), Aldorón NF (Diclofenac) Mio Aldorón (Nimesulida+Orfenadrina), Mio Aldorón NF (Diclofenac+Pridinol), Flogovita (Ac.Niflúmico), Flogovital NF (Nimesulida), Virobron (Nimesulida), Virobron NF (Diclofenac), Mio Virobron (Nimesulida+Orfenadrina), Mio Virobron NF (Diclofenac+pridinol).
Como se ha señalado en innumerable oportunidades este hecho puede llevar a errores de medicación por similitud fonética u ortográfica.

b- Presentaciones disponibles
Las presentaciones comerciales son de 200 mg y de 20 ó 30 comprimidos por envase en su gran mayoría, sin embargo la disposición de ANMAT previamente citada, establece que las dosis no deben superar los 100 mg, 2 veces al día, por períodos no superiores a 7 días, por lo cual hay que partirlos por la mitad. También existen combinaciones a dosis fija con orfenadrina o (ó) pridinol, para los cuales no existen (hasta el presente) estudios que demuestren eficacia en las indicaciones propuestas.

c- La información al público: los prospectos
Los prospectos de nimesulida son confusos y poseen errores por omisión (ver ANEXO) y en algunos casos sin respetar la disposición de ANMAT, por ejemplo la nimesulida solo puede administrarse a adultos y mayores de 16 años.(:)
El prospecto VIROBRON señala textualmente: “Posología: Niños mayores de 12 años y adultos se sugiere una posología de 1 comprimido diario”.
El prospecto de Mio-virobron (:) dice en efectos colaterales: “Raramente modificaciones de las pruebas funcionales hepáticas, en forma reversible al suspender la administración”.
El prospecto de Aldorón, en contraindicaciones, sólo dice “hepatopatías previas”, sin hacer mención de los efectos adversos graves.
El prospecto de Flogovital NF directamente no menciona ninguna contraindicación, advertencia ó efectos adversos.


Conclusión
La nimesulida es un fármaco cuestionado desde hace varios años por su seguridad, debido a sus potenciales efectos adversos hepáticos graves (en algunos casos mortales). Debido a ellos ha sido retirada de varios mercados en todo el mundo. Por otra parte muchos países de alta vigilancia sanitaria no han aprobado su comercialización debido a esta falta de pruebas de un balance beneficio/riesgo favorable.

En nuestro país son muchos los problemas que puede acarrear la disponibilidad de especialidades farmacéuticas inadecuadas, debido a que los comprimidos poseen, en su mayoría, la dosis máxima y los envases contienen más de 3 ó 4 tratamientos de 7 días. Por otra parte los nombres comerciales similares conteniendo en algunos casos nimesulida y en otros diclofenac ó ácido niflúmico, las omisiones de estos efectos adversos graves en los prospectos ó la confusión en las indicaciones, hacen que la permanencia de este principio activo en el mercado, ponga en riesgo la seguridad de la población.

Por todo lo expuesto y teniendo en cuenta la amplia disponibilidad de alternativas en el grupo terapéutico de los AINE, se solicita a la ANMAT como ente regulador el retiro del mercado de todas las formulaciones comerciales que contengan el principio activo nimesulida.


Referencias
1. Rabasseda X. Nimesulide: A selective cyclooxygenase 2 inhibitor antiinflammatory drug. Drugs Today 1996; 32(sup D): 1-23.
2. Nimesulide (Drug Evaluation Monographs). In: Gelman CR et al, editores. Drugdex® Information System. Vol. 103. Englewood: Micromedex Inc, 1999.
3. Davis R et al. Nimesulide. An update of its pharmacodynamic and pharmacokinetic properties, and therapeutic efficacy. Drugs 1994; 48:431-454.
4. Richardson C et al. The clinical implications of inhibition of the inducible form of cyclo-oxygenase. Drug Saf 1996;15:249-260.
5. Anónimo. Nimésulide- un antalgique AINS sans intérêt particulier. Prescrire 1998;18:243-245.
6. Grignola JC, Arias L, Rondán M, Solá L, Bagnulo H. Hepatotoxicidad asociada a la nimesulida.
7. McCormick PA, Kennedy F, Curry M, Traynor, O. COX 2 inhibitor and fulminant hepatic failure. Lancet 1999; 353:40-41.
8. Villa, G. NSAIDs and hepatic reactions. Lancet 1999; 353:846.
9. Figueras A, Estevez F, Laporte JR. New drugs, new adverse drug reactions, and bibliographic databases. Lancet 1999;353:1447-1448.
10. Carta Estimado Doctor. Productos Guaxan (Laboratorios Roche) y Antifloxin(Laboratorio Alter). España febrero 2000
11. Anónimo. Nimesulide suspended in Finland. Scrip 2002;2732:19
12. AGEMED. Nota Informativa: Nimesulida (Guaxan, Antifloxil): Suspensión cautelar de comercialización. Ref:2002/036 mayo de 2002
13. IMB announces immediate suspension of the marketing of medicines containing nimesulide, 15 may 2007
14. HAS. HSA Suspends Sales Of Products Containing Nimesulide – Singapore. 19 Jun 2007
15. International Society of Drug Bulletins (ISDB): Nimesulide must be withdrawn worldwide due to serious liver damage. Press release. December 2007.
16. Bessone F, Tanno H. Hepatotoxicidad inducida por antiinflamatorios no esteroides Gastroenterol Hepatol. 2000; 23: 200-205
17.ANMAT Disposición 4087/2003 - ANMAT - Incorpórase la droga. Nimesulida a vigilancia controlada por el Sistema Nacional de Farmacovigilancia. B.O. 08/08/03
18. Informe Cátedra de Farmacología. Facultad de Medicina de la UNNE
19. Programa Provincial de Farmacovigilancia Santa Fé. Nimesulida ¿Uso racional? Boletín de Seguridad Nº 07/07


Anexo I

Algunos prospectos de nimesulida en Argentina (Manual Farmacéutico [en línea])



MIO-VIROBRON TEMIS-LOSTALO

Nimesulida - Orfenadrina
Venta Bajo Receta

Industria Argentina


Composición: Cada comprimido recubierto contiene: Nimesulida 100.0 mg; Orfenadrina Citrato 75.0 mg.

Acción Terapéutica: Antiinflamatorio. Analgésico. Miorrelajante.

Indicaciones: Tratamiento de afecciones inflamatorias del aparato mioarticular.

Propiedades: La nimesulida es un antiinflamatorio no esteroide y químicamente una sulfoanilida. Su mecanismo de acción principal es la inhibición selectiva de la isoforma 2 de la ciclooxigenasa (COX 2). Su absorción, cuando se administra por vía oral, es rápida y extensa y las concentraciones plasmáticas máximas se alcanzan aproximadamente en 4 horas. Presenta gran unión a proteínas plasmáticas (>95%) y su vida media es de casi 3 horas. La nimesulida se metaboliza preponderadamente a un derivado 4-hidroxi y los metabolitos se excretan de modo preferente (>80%) por los riñones. La orfenadrina es un miorrelajante y si bien su mecanismo de acción no está totalmente aclarado, parece relacionado, en parte, con sus propiedades analgésicas a nivel del sistema nervioso central. El citrato de orfenadrina también posee acciones anticolinérgicas y no produce bloqueo mioneural. Con respecto a sus características farmacocinéticas, tiene una baja ligadura proteica, sufre biotransformación hepática y tiene una vida media de aproximadamente 14 horas. Su eliminación es renal y fecal.

Posología: La dosificación será según criterio médico y cuadro clínico del paciente. Se sugiere como orientación 1 comprimido diario (dosis mínima ½ comprimido por día). En casos muy severos, puede incrementarse la dosis a 2 comprimidos por día (dosis máxima) en tomas separadas (1 comprimido cada 12 horas, por ejemplo después del desayuno y después de la cena). En el tratamiento de pacientes ancianos, la dosis debe ser cuidadosamente establecida.

Contraindicaciones: Estas incluyen hipersensibilidad conocida a los principios activos o a otros agentes antiinflamatorios no esteroides, insuficiencia renal severa, úlcera péptica en actividad, hemorragias gastrointestinales, glaucoma, retención urinaria, estenosis pilórica, miastenia gravis, diátesis hemorrágica severa, embarazo y lactancia.

Advertencias: En tratamientos prolongados y sobre todo en pacientes alcohólicos deberán realizarse controles periódicos de la función hepática. Deberá tenerse precaución en pacientes con afecciones hemorrágicas o en pacientes que reciban antiagregantes plaquetarios o que estén en tratamiento con anticoagulantes. Si existe algún déficit de función renal se debe ajustar la dosis de acuerdo al clearance de creatinina. Con respecto a interacciones medicamentosas, se debe tener en cuenta que la nimesulida puede interaccionar con el alcohol y otras sustancias gastrolesivas. También interfiere con el ácido acetilsalicílico, el metotrexato, el litio y los anticoagulantes, aumentando el riesgo de hemorragia gastrointestinal. Suministrar con cautela a pacientes ancianos. Embarazo y lactancia: el presente medicamento está contraindicado durante el embarazo y/o lactancia. Uso en pediatría: no hay estudios clínicos que avalen su eficacia e inocuidad en niños, por lo cual, su uso está contraindicado en los mismos.

Efectos Colaterales: Es bien tolerado, pueden presentarse epigastralgias, náuseas, vómitos, visión borrosa, sequedad de boca, somnolencia. Raramente sangrado gastrointestinal y ulceración. Excepcionalmente se han observado dermatitis, urticaria y eritema, así como otras reacciones alérgicas. Raramente modificaciones de las pruebas funcionales hepáticas, en forma reversible al suspender la administración.

Presentaciones: Envase conteniendo 20 comprimidos.




ALDORON IVAX ARGENTINA

Nimesulida
Venta Bajo Receta

Industria Argentina


Composición: Cada comprimido recubierto contiene: Nimesulida 200 mg.

Acción Terapéutica: Antiinflamatorio no esteroide, analgésico y antirreumático.

Indicaciones: Artritis, artrosis, tenosinovitis, osteoartritis. Otras afecciones inflamatorias: anexitis.

Posología: Adultos (a partir de los 16 años): posología no mayor a 200 mg/día; en dosis que no superen los 100 mg (½ comprimido) cada 12 horas. Durante períodos no superiores a 7 días. En geriatría la dosis no deberá superar los 100 mg/día.

Contraindicaciones: Insuficiencia renal. Hepatopatía previa, antecedentes de alergia o asma por nimesulida, aspirina u otros antiinflamatorios no esteroides (AINEs). Hemorragia gastrointestinal activa, úlcera péptica. Obstrucción pilórica. Menores de 16 años. Embarazo y lactancia.

Presentaciones: Envases con 20 y 30 comprimidos recubiertos ranurados.


VIROBRON TEMIS-LOSTALO

Nimesulida
Venta Bajo Receta

Industria Argentina


Composición: Cada comprimido recubierto contiene: Nimesulida 200 mg.

Acción Terapéutica: Antirreumático, analgésico, antiinflamatorio no esteroide.

Posología: Niños mayores de 12 años y adultos se sugiere una posología de 1 comprimido diario. En casos severos se puede comenzar con una dosis de ataque de 1 comprimido cada 12 horas.

Efectos Colaterales: Es muy bien tolerado. Ocasionalmente se pueden presentar epigastralgia, náuseas y vómitos.

Presentaciones: Envases conteniendo 15 y 30 comprimidos recubiertos.

Contraindicaciones y Advertencias: Se encuentra contraindicado en pacientes con hemorragia digestiva y procesos ulcerosos gastrointestinales en actividad y en aquellos que demuestren hipersensibilidad a la droga. No se recomienda su uso durante el embarazo y se deberá tener especial atención en aquellos pacientes con antecedentes de enfermedad ulcerosa péptica gastroduodenal



MIO ALDORON IVAX ARGENTINA

Nimesulida - Orfenadrina
Venta Bajo Receta

Industria Argentina


Composición: Cada comprimido recubierto contiene: Nimesulida 200 mg; Orfenadrina Citrato 75 mg.

Acción Terapéutica: Antirreumático, analgésico, antiinflamatorio no esteroide y miorrelajante.

Indicaciones: Procesos inflamatorios y/o dolorosos musculoesqueléticos acompañados de contractura muscular tales como: artritis, artrosis, tenosinovitis.

Posología: Adultos (a partir de los 16 años): la dosis habitual es de ½ comprimido cada 12 horas. La posología de nimesulida presente en esta asociación no debe superar los 200 mg/día. No utilizar durante períodos superiores a 7 días. En geriatría la dosis de nimesulida presente en esta asociación no deberá superar los 100 mg/día (½ comprimido/día).

Contraindicaciones: Insuficiencia renal. Hepatopatía previa, antecedentes de alergia o aasma por Nimesulida, aspirina u otros antiinflamatorios no esteroides (AINEs). Hemorragia gastrointestinal activa, úlcera péptica. Obstrucción pilórica. Insuficiencia renal grave. Hipertrofia prostática, retención urinaria u obstrucción del cuello vesical. Glaucoma. Miastenia gravis. Porfiria aguda. Menores de 16 años. Embarazo y lactancia.

Presentaciones: Envase con 20 comprimidos recubiertos


FLOGOVITAL N.F. BAGO

Nimesulida
Venta Bajo Receta
Comprimidos Recubiertos
Industria Argentina


Composición: Cada comprimido recubierto contiene: Nimesulida 200 mg.

Acción Terapéutica: Antiinflamatorio. Analgésico. Antirreumático.

Posología: La dosis se adaptará al criterio médico y al cuadro clínico del paciente. Como posología media de orientación se aconseja: ½ ó 1 comprimido recubierto por día. En ciertos casos en que la intensidad del cuadro lo aconseje, pueden administrarse 2 comprimidos diarios.

Presentaciones: Envase conteniendo 20 comprimidos recubiertos. Información complementaria: comunicarse con el Departamento Médico de Laboratorios Bagó S.A. al Tel.: (011) 4344-2216.

ANMAT Prohíbe Productos Medicinales que contengan Nimesulida

desde 2001 varias voces y organizaciones argentinas habían solcitado resticciones y retiro a este principio activo: Gapurmed, Colegio de Farmcéuticos de Buenos Aires, de Santa Fé, Universidad de Cordoba entre otras

Luego del último pedido del GAPURMED en Junio...


Disposición Nº 4430/09

ESPECIALIDADES MEDICINALES Suspéndese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de todas las especialidades medicinales que contengan Nimesulida como Ingrediente Farmacéutico Activo (IFA) solo o en asociación, en todas sus formas farmacéuticas.- BO 7/09/09



Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica

ESPECIALIDADES MEDICINALES

Disposición 4430/2009

Suspéndese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de un determinado producto.


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Bs. As., 2/9/2009

VISTO la Resolución (ex MS y AS) Nº 706/93, la Disposición ANMAT Nº 4087/03, el expediente Nº 1-47-12110/07-7 y agregados Nº 1-47- 6073/09-7 y 1-47-9697/09-2 del registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución del ex Ministerio de Salud y Acción Social Nº 706/93 crea el Sistema Nacional de Farmacovigilancia cuyas funciones consisten en recoger, evaluar y organizar la información sobre los efectos adversos de los medicamentos después de su autorización y durante su comercialización, permitiendo la puesta en marcha de alertas sanitarias y medidas administrativas de regulación y control con el objetivo de proteger a la población.

Que el artículo 3º incisos a), d) y f) del Decreto Nº 1490/92 establece, en lo pertinente, que esta A.N.M.A.T. tendrá competencia en todo lo referido a “a) ...el control y fiscalización sobre la sanidad y calidad de las drogas, productos químicos, reactivos, formas farmacéuticas, medicamentos, elementos de diagnóstico, materiales y tecnología biomédicos y todo otro producto de uso y aplicación en la medicina humana.”, “d) La vigilancia sobre la eficacia y la detección de los efectos adversos que resulten del consumo y utilización de los productos, elementos y materiales comprendidos en los inc. a)... del presente artículo, como también la referida a la presencia en los mismos de todo tipo de substancias o residuos, orgánicos e inorgánicos, que puedan afectar la salud de la población”, y “f) La realización de acciones de prevención y protección de la salud de la población, que se encuadren en las materias sometidas a su competencia”.

Que el artículo 8º, inciso ñ) del Decreto Nº 1490/92, dispone que esta Administración Nacional tendrá atribuciones para: “... adoptar las medidas más oportunas para proteger la salud de la población ante la detección de cualquier factor de riesgo relacionado con los productos, substancias, elementos o materiales comprendidos en el Artículo 3º de la mencionada norma”.

Que esta Administración Nacional tiene registradas especialidades medicinales que contienen como Ingrediente Farmacéutico Activo (IFA) NIMESULIDA, antiinflamatorio no esteroide no selectivo (AINE) que se utiliza para el tratamiento del dolor agudo en patologías osteomusculares (artritis, artrosis, tenosinovitis y osteoartritis) y anexitis, limitado a una dosis máxima de 100 mg. cada doce horas.

Que desde 1999/2000, dado que se asociaron fallas hepáticas al uso de Nimesulida, países de alta vigilancia sanitaria incluidos en el Anexo I del Decreto 150/92 (t.o. Dec. 177/93), y algunos países enumerados en el Anexo II de dicho Decreto, han suspendido la comercialización de dicho IFA y retirado del mercado la Nimesulida (España y Finlandia en el año 2002 debido a insuficiencia hepática y/o muerte).

Que teniendo en cuenta los riesgos detectados en dichos países, relacionados con el uso de Nimesulida, por Disposición ANMAT Nº 4087/03 se incorporó dicha droga a un programa de farmacovigilancia controlada, adecuándose los prospectos normativos, imponiéndose la obligación a los laboratorios titulares de especialidades medicinales que contuvieran Nimesulida a notificar al Sistema Nacional de Farmacovigilancia todo evento adverso serio atribuido al fármaco, y convocando a los prescriptores de las referidas especialidades medicinales a realizar lo propio, no habiéndose obtenido los resultados esperados.

Que en septiembre de 2007 la EMEA recomendó la restricción del tiempo de uso de Nimesulida, aconsejando el retiro del mercado de los envases con más de 30 comprimidos y continuar con un análisis del riesgo/beneficio a la luz de los nuevos reportes (asimismo, en este mismo año Irlanda suspendió la comercialización de especialidades medicinales que contuvieran Nimesulida debido a reportes de transplantes hepáticos seguidos de muerte).

Que a partir del año 2008, a solicitud de esta ANMAT, los laboratorios titulares de los certificados de las especialidades medicinales que contienen Nimesulida como droga única o asociada, presentaron informes, sin evidencias de efectos adversos graves en nuestro país.

Que sin embargo, el Departamento de Farmacovigilancia de esta ANMAT, ha recibido reportes de efectos adversos graves en pacientes a los que se les ha prescripto Nimesulida.

Que a nivel internacional, las Agencias Regulatorias de los países de alta vigilancia sanitaria enumerados en el Anexo I del Decreto 150/92 (t.o. Dec. 177/93), y países incorporados al Anexo II de dicho Decreto, continúan con la evaluación de los riesgos del uso de la Nimesulida.

Que el Departamento de Farmacovigilancia de esta ANMAT ha recibido asimismo, por parte de asociaciones profesionales y otras instituciones, solicitudes de retiro del mercado del IFA Nimesulida.

Que a mayor abundamiento, se señala que en el país se ha informado en reuniones científicas y se han publicado en revistas de divulgación científica, casos de hepatitis tóxica, algunas de ellas fatales tras el uso de Nimesulida.

Que a pesar de las limitaciones a la dosificación y duración del tratamiento, impuestas a partir del programa de Farmacovigilancia Controlada de esta ANMAT, los reportes recibidos continúan indicando el uso de dosis mayores a las autorizadas y por tiempos más prolongados, siendo esto una evidencia de la falta de aceptación del programa por parte de los profesionales prescriptores y ocasionando de esta manera efectos adversos potencialmente prevenibles.

Que el Departamento de Farmacovigilancia dependiente de la Dirección de Evaluación de Medicamentos de esta ANMAT luego de un análisis de los antecedentes señalados, tanto en el contexto nacional como internacional, recomienda la suspensión de comercialización de las especialidades medicinales que contengan Nimesulida como IFA en atención, además, a que existen otras alternativas terapéuticas para tratamiento del dolor agudo.

Que la Dirección de Evaluación de Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1490/92 y Nº 253/08.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA

DISPONE:

Artículo 1º — Suspéndese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de todas las especialidades medicinales que contengan Nimesulida como Ingrediente Farmacéutico Activo (IFA) solo o en asociación, en todas sus formas farmacéuticas, en razón de los argumentos expuestos en el considerando de la presente Disposición.

Art. 2º — Los laboratorios titulares de certificados de especialidades medicinales que contengan Nimesulida como IFA, solo o en asociación, deberán dentro de un plazo máximo de 30 días corridos, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Disposición, proceder a retirar del mercado todas las especialidades medicinales que contengan Nimesulida como IFA, acreditando el cumplimiento de dicha diligencia ante el Instituto Nacional de Medicamentos (INAME), mediante la documentación respaldatoria correspondiente.

Art. 3º — El incumplimiento de la presente disposición hará pasible a los infractores de las sanciones previstas en la Ley 16.463 y en el Decreto 341/92.

Art. 4º — La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5º — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, comuníquese a las autoridades provinciales y a las del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a las Cámaras y entidades profesionales representativas. Comuníquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales, al Instituto Nacional de Medicamentos, a la Dirección de Evaluación de Medicamentos, al Departamento de Farmacovigilancia y a la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud. Gírese copia autenticada de la presente Disposición a los Coordinadores Nacionales del MERCOSUR.

Cumplido, archívese.

— Ricardo Martínez

sábado, 5 de septiembre de 2009

Mafias farmacéuticas

Por Ignacio Ramonet
Le Monde diplomatique
Edición Cono Sur, septiembre de 2009

Muy pocos medios de comunicación lo han comentado. La opinión pública no ha sido alertada. Y sin embargo, las preocupantes conclusiones del Informe final, publicado por la Comisión Europea el pasado 8 de julio, sobre los abusos en materia de competencia en el sector farmacéutico merecen ser conocidas por los ciudadanos y ampliamente difundidas.

¿Qué dice ese informe? En síntesis: que, en el comercio de los medicamentos, la competencia no está funcionando, y que los grandes grupos farmacéuticos recurren a toda suerte de juegos sucios para impedir la llegada al mercado de medicinas más eficaces y sobre todo para descalificar los medicamentos genéricos mucho más baratos. Consecuencia: el retraso del acceso del consumidor a los genéricos se traduce en importantes pérdidas financieras no sólo para los propios pacientes sino para la Seguridad Social a cargo del Estado (o sea de los contribuyentes). Esto, además, ofrece argumentos a los defensores de la privatización de los Sistemas Públicos de Salud, acusados de ser fosos de déficits en el presupuesto de los Estados.

Los genéricos son medicamentos idénticos, en cuanto a principios activos, dosificación, forma farmacéutica, seguridad y eficacia, a los medicamentos originales producidos en exclusividad por los grandes monopolios farmacéuticos. El período de exclusividad, que se inicia desde el momento en que el producto es puesto a la venta, vence a los diez años; pero la protección de la patente del fármaco original dura veinte años. Entonces es cuando otros fabricantes tienen derecho a producir los genéricos que cuestan un 40% más baratos. La Organización Mundial de la Salud (OMS) y la mayoría de los Gobiernos recomiendan el uso de genéricos porque, por su menor coste, favorecen el acceso equitativo a la salud de las poblaciones expuestas a enfermedades evitables.

El objetivo de las grandes marcas farmacéuticas consiste, por consiguiente, en retrasar por todos los medios posibles la fecha de vencimiento del período de protección de la patente; y se las arreglan para patentar añadidos superfluos del producto (un polimorfo, una forma cristalina, etc.) y extender así, artificialmente, la duración de su control del medicamento. El mercado mundial de los medicamentos representa unos 700.000 millones de euros; y una docena de empresas gigantes, entre ellas las llamadas " Big Pharma " –Bayer, GlaxoSmithKline (GSK), Merck, Novartis, Pfizer, Roche, Sanofi–Aventis–, controlan la mitad de ese mercado. Sus beneficios son superiores a los obtenidos por los poderosos grupos del complejo militar–industrial. Por cada euro invertido en la fabricación de un medicamento de marca, los monopolios ganan mil en el mercado. Y tres de esas firmas, GSK, Novartis y Sanofi, se disponen a ganar miles de millones de euros más en los próximos meses gracias a las ventas masivas de la vacuna contra el virus A(H1N1) de la nueva gripe.

Esas gigantescas masas de dinero otorgan a las " Big Pharma " una potencia financiera absolutamente colosal. Que usan en particular para arruinar, mediante múltiples juicios millonarios ante los tribunales, a los modestos fabricantes de genéricos. Sus innumerables lobbies hostigan también permanentemente a la Oficina Europea de Patentes (OEP), cuya sede se halla en Múnich, para retrasar la concesión de autorizaciones de entrada en el mercado a los genéricos. Asimismo lanzan campañas engañosas sobre estos fármacos bioequivalentes y asustan a los pacientes. El resultado es que, según el reciente Informe publicado por la Comisión Europea, los ciudadanos han tenido que esperar, por término medio, siete meses más de lo normal para acceder a los genéricos, lo cual se ha traducido en los últimos cinco años en un sobregasto innecesario de cerca de 3.000 millones de euros para los consumidores y en un 20% de aumento para los Sistemas Públicos de Salud.

La ofensiva de los monopolios farmacéutico–industriales no tiene fronteras. También estarían implicados en el reciente golpe de Estado contra el presidente Manuel Zelaya en Honduras, país que importa todas sus medicinas, producidas fundamentalmente por las " Big Pharma ". Desde que Honduras ingresó en el ALBA (Alianza Bolivariana de los Pueblos de América), en agosto de 2008, Manuel Zelaya negociaba un acuerdo comercial con La Habana para importar genéricos cubanos, con el propósito de reducir los gastos de funcionamiento de los hospitales públicos hondureños. Además, en la Cumbre del 24 de junio pasado, los Presidentes del ALBA se comprometieron a "revisar la doctrina sobre la propiedad industrial", o sea, la intangibilidad de las patentes en materia de medicamentos. Estos dos proyectos, que amenazaban directamente sus intereses, impulsaron a los grupos farmacéuticos transnacionales a apoyar con fuerza el movimiento golpista que derrocaría a Zelaya el 28 de junio último.

Asimismo, Barack Obama, deseoso de reformar el sistema de salud de Estados Unidos que deja sin cobertura médica a 47 millones de ciudadanos, está afrontando las iras del complejo farmacéutico–industrial. Aquí, las sumas en juego son gigantescas (los gastos de salud representan el equivalente del 18% del PIB) y las controla un vigoroso lobby de intereses privados que reúne, además de las " Big Pharma ", a las grandes compañías de seguros y a todo el sector de las clínicas y de los hospitales privados. Ninguno de estos actores quiere perder sus opulentos privilegios. Por eso, apoyándose en los grandes medios de comunicación más conservadores y en el Partido Republicano, están gastando decenas de millones de dólares en campañas de desinformación y de calumnias contra la necesaria reforma del sistema de salud.

Es una batalla crucial. Y sería dramático que las mafias farmacéuticas la ganasen. Porque redoblarían entonces los esfuerzos para atacar, en Europa y en el resto del mundo, el despliegue de los medicamentos genéricos y la esperanza de unos sistemas de salud menos costosos y más solidarios.

jueves, 3 de septiembre de 2009

Reforma del sistema de salud norteamericano parece naufragar ante el poder de aseguradoras y farmacéuticas.

Publican acuerdo secreto de farmacéuticas con la administración Obama
Las similitudes con el caso colombiano son evidentes

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Por Tatiana Samay Andia Rey
Federación Médica Colombiana


1. El aumento de los costos del sistema norteamericano es insostenible y urge una reforma

Uno de los temas más debatidos de la reforma al sistema de salud estadounidense ha sido el de la financiación. No la financiación de la reforma como tal, que a algunos preocupa, sino la financiación del sistema en general, que es considerada uno de los mayores detonantes de la crisis que vive la salud actualmente en los EE.UU. y que hace tan urgente una reforma.

En efecto, y como lo muestra un informe preparado por la administración Obama al respecto, "Estados Unidos gastó aproximadamente US $2.2 billones en asistencia médica en 2007, o US $7.421 por persona. Esto equivale al 16.2% del PIB, casi el doble del promedio de otras naciones desarrolladas". Adicionalmente, "los costos de asistencia médica se duplicaron entre 1996 y 2006, y se proyecta que aumentarán hasta llegar al 25% del PIB en 2025 y al 49% en 2082"[1].

La Casa Blanca ha expresado que la reforma al sistema de salud está orientada por ocho principios básicos, a saber:
- Reducir el crecimiento a largo plazo de los costos de la asistencia médica para las empresas y el gobierno
- Proteger a las familias de la bancarrota o de las deudas causadas por costos de asistencia médica
- Garantizar la elección del médico y de los planes de salud
- Invertir en prevención y bienestar
- Mejorar la seguridad para el paciente y la calidad de la asistencia
- Garantizar una cobertura médica asequible y de gran calidad para todos los estadounidenses
- Mantener la cobertura cuando una persona cambia de empleo o lo pierde
- Eliminar los obstáculos para la cobertura de personas con afecciones médicas preexistentes

De estos ocho principios al menos 3 tienen que ver directamente con la estructura de costos del sistema de salud y su financiamiento, ya que el aumento excesivo de los costos se ha canalizado principalmente de dos formas que van en detrimento de los más débiles participantes del sistema (i.e. las pequeñas empresas y los hogares):

- A través del aumento de las primas que pagan los empleadores, que termina afectando la competitividad de las empresas, pero sobretodo de las más pequeñas. En efecto, las primas de seguro de salud subsidiadas por el empleador han aumentado más del doble en los últimos 9 años, un crecimiento 3 veces más rápido que el incremento salarial acumulativo[2].

- A través del incremento en el valor de los deducibles, copagos y del porcentaje de conceptos que deben ser gasto de bolsillo de los hogares. De hecho, el deducible promedio para una familia de pequeña empresa aumentó 64% en sólo dos años, pasando de US $1,439 a US $2,367. Por su parte, los costos del propio bolsillo subieron aún más bruscamente, con un incremento del 30 por ciento, de un promedio de $2,827 en 2001 a $3,744 en 2006[3].


2. Las aseguradoras y las farmacéuticas son las mayores responsables de costos injustificados y representan el mayor obstáculo para la Reforma

El incremento permanente y exagerado de las cuentas de salud ha sido explicado por múltiples factores, pero sin duda el incremento en los costos asociados a la administración hecha por las aseguradoras y a la compra de medicamentos han sido los que mayor controversia han causado.

En su propuesta de campaña, Obama identificó las acciones anticompetitivas de la industria farmacéutica y de las compañías aseguradoras como uno de los principales causantes de los sobrecostos para el sistema, y manifestó expresamente que "no es justo que las familias Americanas estén pagando primas astronómicas mientras las compañías farmacéuticas y de seguros disfrutan records en sus utilidades"[4].

La situación de los medicamentos en particular es apremiante, si consideramos que constituyen la segunda causa más importante del incremento acelerado de los costos del sistema de salud norteamericano, y que en EE.UU. se puede pagar en promedio hasta 67% más que en otros países desarrollados por los mismos productos[5].

Es por eso que, frente a los elevados costos farmacéuticos, el actual presidente proponía en su campaña tres alternativas:

- Por un lado, permitir las importaciones paralelas de países con menores precios e iguales garantías de seguridad;
- Por otro lado, evitar que las compañías farmacéuticas limitaran la entrada de alternativas genéricas al mercado; y
- Por último, permitir que el programa Medicare negociara mejores precios de medicamentos.

Casi proféticamente, la misma propuesta de campaña resaltaba que tanto las aseguradoras como las compañías farmacéuticas, responsables de los mayores incrementos en los costos injustificados, "se benefician del status quo y en muchos casos representan el mayor obstáculo para la reforma"[6].


3. El primer semestre de 2009 las grandes farmacéuticas (big pharma) destinaron más de 13 millones de dólares al "lobby" y lograron un acuerdo secreto con la administración Obama

Y en efecto, la industria farmacéutica ha invertido toda su energía en influenciar el proceso de reforma, y definitivamente tiene suficientes recursos para hacerlo. Basta con conocer las cifras que PhRMA (Pharmaceutical Research and Manufacturers of America), la organización que representa los intereses de la industria farmacéutica de investigación en los Estados Unidos, ha destinado al lobby en lo corrido del año 2009.

Efectivamente, según un artículo del Washington Post al respecto, PhRMA reportó haber destinado US$ 6.2 millones al lobby en el segundo trimestre del 2009. Esta cifra, sumada a los US$ 6.9 millones del primer trimestre del año, implica un aumento de más del 50% frente al mismo período del año pasado en el que dicha organización había destinado US $ 8.6 millones al lobby[7].

Así mismo, la compañía GlaxoSmithKline reportó un gasto en lobby de US $1.8 millones en el primer trimestre y de otros US $2.3 millones entre abril y junio. Por su parte, Novartis reportó gastos por el mismo concepto de US $1.4 millones en el primer trimestre y de US $1.8 millones en el segundo, y Bayer Corp. Mantuvo los US $2 millones de lobby en ambos trimestres[8].

Es así como, en días pasados la industria farmacéutica protagonizó uno de los escándalos más sonados de la Casa Blanca, al hacerse público un acuerdo secreto entre dicha industria y el gobierno de Barack Obama. Aunque las partes dicen que el reporte a la prensa no es exhaustivo, en el memorando interno que se hizo público hace una semana, PhRAMA se compromete a reducir hasta en US$ 80 billones (pero no más) los costos proyectados a 10 años, a cambio de que la Casa Blanca se abstenga de hacer futuras negociaciones para bajar los precios en el Medicare (parte D y parte B) y que se oponga a las importaciones paralelas[9].

El acuerdo, sin duda, contradice varias de las aseveraciones del presidente en su campaña, ya que éste se había comprometido a forzar a la industria a negociar mejores precios, a permitir las importaciones paralelas desde Canadá, y sobre todo, a realizar acuerdos de este tipo a la luz pública y no en privado.


4. Los gigantes farmacéuticos (big pharma) quieren más: Protección de datos de prueba de 12 años para medicamentos biotecnológicos y barreras tecnológicas para frenar la competencia de "biosimilares"

Pero mientras el debate se enfoca en el mencionado acuerdo de los US $ 80 billones, la industria avanza su agenda paralelamente y presenta una propuesta de acuerdo ante el congreso, que aunque ha generado debate, ha tenido mucha menos visibilidad que otros asuntos de la reforma.

Esta propuesta, sin embargo, podría poner en riesgo la viabilidad de la reforma misma si tenemos en cuenta que podría generar nuevos sobrecostos astronómicos para el sistema, y que, de nuevo, va completamente en contravía de lo propuesto por Barack Obama en su campaña.

La propuesta consiste en proteger por un período no inferior a 12 años los datos de prueba del los productos biotecnológicos. A pesar de la posición del presidente, que manifestó que 7 años era ya una protección generosa, y de la Comisión Federal para el Comercio, que sugirió que no debería haber protección en absoluto[10], la propuesta va bien en el congreso y podría ser aprobada.

Los medicamentos biotecnológicos, como ya lo hemos manifestado en otros boletines, representan la nueva apuesta de la industria farmacéutica, en la que están cifradas sus esperanzas de futuras utilidades. Pero además estos medicamentos ya tienen en jaque a buena parte de los sistemas de salud por sus excesivos costos.

El sistema norteamericano no es la excepción, si tenemos en cuenta que los medicamentos biotecnológicos cuestan en promedio 22 veces más que los productos farmacéuticos convencionales de marca, y que en algunos casos el tratamiento por paciente con estos medicamentos puede superar los US $ 100.000 al año[11].



5. Las similitudes con el caso colombiano son evidentes:
La experiencia norteamericana no está para nada alejada de nuestra realidad si miramos las trabas a las que se han enfrentado y el limbo en el que se encuentran las medidas para acatar la sentencia 760 de la Corte Constitucional. Así mismo, vale la pena recordar que hace solo unos cuantos meses en nuestro país se discutía una normativa que todavía está pendiente de aprobación y que buscaba exactamente lo mismo que su homónima americana, hacer más estrictos los requisitos de registro para los productos bio-similares extendiendo así los privilegios monopólicos de la industria farmacéutica transnacional.

Así mismo, y al igual que en Estados Unidos, los colombianos estamos pagando por los medicamentos significativamente más que el resto de la región latinoamericana, como lo muestra el informe de AIS-HAI y la propia Circular 02 de 2009 de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos con el caso del Kaletra.

Más aun, no sería para nada exagerado afirmar que nos encontramos en un dilema similar al norteamericano y que, como ya lo hemos denunciado en este boletín en múltiples ocasiones, la suma entre desregulación, desinformación y protección de propiedad intelectual para preservar las ganancias de unos pocos, amenazan con hacer insostenible el sistema de salud colombiano privando a muchos del derecho fundamental a la salud.



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[1] “The costs of INACTION. The urgent need for Health Reform” en http://www.healthreform.gov/reports/inaction/inactionreportprintmarch2009.pdf
[2] “Helping the bottom line. Health Reform and small business” en http://www.healthreform.gov/reports/helpbottomline/helpbottomline.pdf
[3] “Hidden costs of Health Care: why Americans are paying more but getting less” en http://www.healthreform.gov/reports/hiddencosts/hiddencosts.pdf
[4] “Barack Obama and Joe Biden’s plan to lower health care costs and ensure affordable, accessible health coverage for all” en http://www.barackobama.com/pdf/issues/HealthCareFullPlan.pdf
[5] Uno de los estudios a este respecto muestra que para 2003 y una muestra de 30 medicamentos líder los precios eran 52% más bajos en Canadá, 59% más bajos en Francia y 47% más bajos en el Reino Unido. (en G. F. Anderson, D. G. Shea, P. S. Hussey et al., “Doughnut Holes and Price Controls,” Health Affairs Web Exclusive (July 21, 2004):w4-396–w4-404)
[6] “Barack Obama and Joe Biden’s plan to lower health care costs and ensure affordable, accessible health coverage for all” en http://www.barackobama.com/pdf/issues/HealthCareFullPlan.pdf
[7] “Lobbyists spend millions to influence Health Care”, The Washington Post, July 21, 2009.
[8] Ibid.
[9] Copia del memorando se encuentra en artículo del Huffington Post del pasado 13 de agosto. http://www.huffingtonpost.com/2009/08/13/internal-memo-confirms-bi_n_258285.html
[10] Los reportes de hecho indican que la competencia de seguidores biotecnológicos es deseable para proteger a los consumidores. Vea los reportes de la Federal Trade Commission en http://www.ftc.gov/opa/2009/06/biologicdrugs.shtm
[11] “Guest editorial: Big Pharma wants to keep monopoly” By Sarah Rimmington and Robert Weissman, The Tennessean, August 28, 2009. En http://www.tennessean.com/article/20090828/

miércoles, 2 de septiembre de 2009

Pfizer pagará 2.300 mlillones de dólaresen acuerdo extrajudicial

Jeremy Pelofsky y Ransdell Pierson, editado en español por Ignacio Badal

Reuters (América Latina) 02-09-09


El gigante farmacéutico Pfizer Inc pagará un récord de 2.300 millones de dólares como conciliación tras recibir acusaciones civiles y criminales por la manera en que comercializó algunos medicamentos, en un acuerdo extrajudicial que se conocerá el miércoles, dijo una fuente.
Pfizer, que está adquiriendo a su rival Wyeth, había advertido en enero del registro de un cargo de 2.300 millones de dólares a finales del año pasado por la resolución de las acusaciones que involucraban a Bextra y otros fármacos, pero en ese momento no proporcionó detalles.
El acuerdo será revelado más tarde por el Departamento de Justicia de Estados Unidos y el Departamento de Salud y Servicios Humanos, dijo la fuente.
Portavoces del Gobierno declinaron hacer comentarios. Funcionarios de Pfizer no pudieron ser contactados inmediatamente.
Este acuerdo sería el mayor de la historia por acusaciones de comercializar de manera irregular medicamentos bajo prescripción médica, superando los 1.420 millones de dólares que acordó pagar Eli Lilly and Co a comienzos de año por las ventas de su fármaco para la esquizofrenia Zyprexa para usos no autorizados.
Bextra, un medicamento para la artritis, fue retirado del mercado en el 2005 por preocupaciones sobre su seguridad.
Pfizer había sido hallado culpable en el 2004 de un cargo criminal no relacionado con este caso, por sus tácticas inapropiadas de venta de medicamento para la apoplejía Neurontin.
Debido a esto, sus prácticas de marketing habían estado bajo la lupa federal desde entonces.
En el caso anterior, la subsidiaria de Pfizer Warner Lambert había sido acusada de ofrecer Neurontin para usos no autorizados. Pfizer adquirió Neurontin a través de su fusión con Warner Lambert en el 2000.